5. Anuncios. . (2025/78-62)
Acuerdo de 16 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la resolución de traslado de centro de protección.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Viernes, 25 de abril de 2025
página 5796/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Acuerdo de 16 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación
por edicto de la resolución de traslado de centro de protección.
Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la resolución de traslado
de Centro de Protección en relación al (DPCO) 352-2021-00004593-1 a doña L.C.C.
con DNI 80155499Q, con respecto a A.M.C. Contra esta resolución podrá formularse
oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de Córdoba, por los trámites
que establecen los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario
formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en
el art. 780 de la citada ley procesal.
Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia,
los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta localidad,
el reconocimiento del derecho la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996,
de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación
gratuita por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de
estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el
solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada ley, se le reconocerá
tal derecho de gratuidad.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que
puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, sito en C/ Blanco Soler, 4, de Córdoba,
para la notificación del citado trámite de audiencia en un plazo de diez días, desde la
presente publicación.
00319398
Córdoba, 16 de abril de 2025.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 78 - Viernes, 25 de abril de 2025
página 5796/1
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5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Acuerdo de 16 de abril de 2025, de la Delegación Territorial de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación
por edicto de la resolución de traslado de centro de protección.
Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la resolución de traslado
de Centro de Protección en relación al (DPCO) 352-2021-00004593-1 a doña L.C.C.
con DNI 80155499Q, con respecto a A.M.C. Contra esta resolución podrá formularse
oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de Córdoba, por los trámites
que establecen los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario
formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en
el art. 780 de la citada ley procesal.
Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia,
los interesados podrán solicitar ante el Ilustre Colegio de Abogados de esta localidad,
el reconocimiento del derecho la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996,
de 10 de enero, el cual comprende, entre sus prestaciones, la defensa y representación
gratuita por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de
estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el
solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada ley, se le reconocerá
tal derecho de gratuidad.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que
puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial
de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, sito en C/ Blanco Soler, 4, de Córdoba,
para la notificación del citado trámite de audiencia en un plazo de diez días, desde la
presente publicación.
00319398
Córdoba, 16 de abril de 2025.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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