Disposiciones generales. . (2025/77-1)
Resolución de 16 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia de la Agencia Digital de Andalucía, por la que se modifican las cuantías subvencionadas y se actualizan los porcentajes de financiación del cuadro resumen de las líneas de ayuda denominadas «Puntos Vuela Ayuntamientos» y «Puntos Vuela Entidades Locales Autónomas de Andalucía (ELA)», de la Orden de 9 de noviembre de 2021, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios y entidades locales de Andalucía, en situación de brecha digital y a entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias digitales.
<< 1 << Página 1
Página 2 Pág. 2
-
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Jueves, 24 de abril de 2025
página 5750/2

municipios y entidades locales autónomas de Andalucía en situación de brecha digital y a
entidades asociativas sin ánimo de lucro en zonas desfavorecidas de Andalucía, para la
dinamización de centros de competencias digitales.
Se modifican las cuantías subvencionadas y se actualizan los porcentajes de
financiación que se establecen en los apartados 5.a), 7.a) y 7.d) del cuadro resumen de
las líneas de ayuda «Puntos Vuela Ayuntamientos» y «Puntos Vuela ELA»,de la Orden de
9 de noviembre de 2021, que pasan a ser los siguientes:
a) Las cantidades que aparecen en el apartado 5 a) quedan fijadas en las siguientes
cuantías mínimas:
Grupo A: 9.783,16.
Grupo B: 15.453,12.
Grupo C: 8.309,82.
b) Los porcentajes establecidos en el apartado 7.a) serán, al menos, los siguientes:
Grupo A: 32,46.
Grupo B: 32,46.
Grupo C: 63,46.
c) Los porcentajes establecidos en el apartado 7.d), serán, al menos, los siguientes:
Grupo A: 67,54.
Grupo B: 67,54.
Grupo C: 36,54.
Segundo. Aplicación de las nuevas cuantías y porcentajes.
La cuantía y porcentajes indicados en el resuelve primero serán de aplicación
a las convocatorias que se efectúen, con posterioridad a la entrada en vigor de la
presente resolución, de subvenciones relativas a las líneas de ayuda «Puntos Vuela
Ayuntamientos» y «Puntos Vuela ELA», de la Orden de 9 de noviembre de 2021, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, dirigidas a municipios y entidades locales autónomas de
Andalucía en situación de brecha digital y a entidades asociativas sin ánimo de lucro en
zonas desfavorecidas de Andalucía, para la dinamización de centros de competencias
digitales.
Tercero. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

00319350

Sevilla, 16 de abril de 2025.- El Director Gerente, Raúl Jiménez Jiménez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja