Autoridades y personal. . (2025/77-26)
Resolución de 10 de abril de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas vinculadas de cuerpos docentes universitarios.
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 77 - Jueves, 24 de abril de 2025
página 5760/2

2. Requisitos de los candidatos.
Para ser admitido a estas pruebas selectivas deberán reunirse los siguientes
requisitos:
2.1. Requisitos generales.
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de
jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera
de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos
o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario,
o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal
laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de
otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el
acceso al empleo público. Asimismo, el desempeño de las plazas convocadas quedará
sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia
de incompatibilidades.
e) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un
conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.
f) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión
del permiso de residencia.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319360

y por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la
legislación general de funcionarios civiles del Estado.
1.2. La plaza convocada por área y especialidad asistencial se especifican en el
anexo I de la presente resolución.
1.3. La dedicación del personal que obtenga plaza en virtud de la presente
convocatoria será con carácter exclusivo a la actividad docente y al sistema sanitario
público. El régimen de prestación de servicios asistenciales será el que tenga asignado
en cada momento en la Unidad de Gestión Clínica a la que se encuentre adscrito,
pudiendo ser éste, indistintamente, de mañana o tarde e incluirá la prestación de servicios
en régimen de jornada complementaria y continuidad asistencial en los términos que el
Servicio Andaluz de Salud disponga para los profesionales asistenciales.
1.4. El personal que obtenga plaza en virtud de la presente convocatoria podrá ser
destinado a prestar servicios en cualquiera de los centros sanitarios del área hospitalaria
a la que se adscribe la plaza, la cual queda vinculada orgánicamente a la Unidad de
Gestión Clínica correspondiente y funcionalmente, al área asistencial a la que esté
adscrito dicho servicio jerarquizado.
1.5. La vinculación a la plaza de profesor de cuerpos docentes con el Servicio
Andaluz de Salud será en la categoría de Facultativo Especialista de Área, en su caso.
En el caso de que el concursante que obtenga la plaza se encuentre en ejercicio activo
en el momento de la toma de posesión en una plaza de Jefe de Servicio o de Jefe de
Sección obtenida a través de concurso-oposición en el mismo centro y especialidad
de la plaza sacada a concurso, se mantendrá en el cargo que viniese desempeñando.
Para los que obtuvieron las plazas de Jefe de Servicio o de Sección por el sistema de
promoción establecido por la Orden de 5 de febrero de 1985, les será de aplicación para
el mantenimiento del cargo, el sistema de provisión de cargos intermedios de los centros
sanitarios del Servicio Andaluz de Salud recogidos en el Capítulo III del Decreto 75/2007,
de 13 de marzo.