Disposiciones generales. . (2025/76-4)
Orden de 9 de abril de 2025, por la que se convocan para el ejercicio de 2025 las ayudas previstas en la Orden de 15 de abril de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización de alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 4, Submedida 4.2, Operación 4.2.2), en el ámbito de la inversión territorial integrada 2014-2022 de la provincia de Jaén.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Miércoles, 23 de abril de 2025
página 5664/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
En Andalucía, el sector agroalimentario es un sector estratégico para la economía
al constituir una de sus principales fuentes de generación de riqueza y empleo con el
21% de los establecimientos agroindustriales nacionales, representando la comunidad
autónoma con mayor número de industrias agroalimentarias.
El olivar es el agrosistema más representativo y simbólico de Andalucía, y como
hemos dicho con anterioridad, su industria asociada es de una gran relevancia en la
generación de empleo y rentas en la región, razón por la cual el Programa de Desarrollo
Rural de Andalucía 2014-2022 le dedica un subprograma temático que aglutina el apoyo
prestado al sector desde las Administraciones comunitaria, estatal y autonómica.
En el sector del olivar, las actuaciones que pueden precisar una mayor inversión
son el aprovechamiento de los subproductos del olivar generados en la propia fase de
producción o transformación (huesos de aceituna, alperujo, etc.), y la diferenciación de
producciones. Además, se detecta la necesidad de seguir avanzando en procesos que
contribuyan a la mejora de la calidad de estos productos a través de nuevas tecnologías,
reforzando el control y aseguramiento de la calidad y trazabilidad, así como en el
comportamiento de los mercados y en estrategias de comercialización.
La presente orden regula las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural
(en adelante PDR) de Andalucía 2014-2022, aprobado en su versión número 14, por la
Comisión Europea el 16 de octubre de 2024. En concreto, se enmarcan en la Medida 4
«Inversiones en activos físicos», que desarrolla el artículo 17 del Reglamento (UE)
núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo,
en el que se prevén ayudas en las regiones europeas a inversiones en activos físicos.
Las ayudas previstas en esta orden estarán a lo dispuesto en el artículo 41 del
Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L/187, de 26.6.2014). En estas
ayudas no concurren los supuestos previstos en el apartado c) del artículo 1.3 ni en el
artículo 1.5 del citado reglamento.
Dentro de la Medida 4, está la Submedida 4.2 «Apoyo a las inversiones en
transformación/comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas» que incluye tres
operaciones, en la segunda de las cuales se encuadra estas ayudas. Es la Operación
4.2.2: «Apoyo a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización
o desarrollo de nuevos productos agrícolas, en el sector oleícola y aceituna de mesa».
La operación referida se relaciona con una serie de focus áreas de desarrollo rural
programados en el PDR de Andalucía que se indican a continuación, de modo que los
proyectos que resulten beneficiarios de subvención deberán incidir en alguno de los
siguientes ámbitos y más concretamente en:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319264
Orden de 9 de abril de 2025, por la que se convocan para el ejercicio de 2025
las ayudas previstas en la Orden de 15 de abril de 2024, por la que se aprueban
las bases reguladoras para las subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de
infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización de
alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural
de Andalucía 2014-2022 (Medida 4, Submedida 4.2, Operación 4.2.2), en el
ámbito de la inversión territorial integrada 2014-2022 de la provincia de Jaén.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 76 - Miércoles, 23 de abril de 2025
página 5664/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
En Andalucía, el sector agroalimentario es un sector estratégico para la economía
al constituir una de sus principales fuentes de generación de riqueza y empleo con el
21% de los establecimientos agroindustriales nacionales, representando la comunidad
autónoma con mayor número de industrias agroalimentarias.
El olivar es el agrosistema más representativo y simbólico de Andalucía, y como
hemos dicho con anterioridad, su industria asociada es de una gran relevancia en la
generación de empleo y rentas en la región, razón por la cual el Programa de Desarrollo
Rural de Andalucía 2014-2022 le dedica un subprograma temático que aglutina el apoyo
prestado al sector desde las Administraciones comunitaria, estatal y autonómica.
En el sector del olivar, las actuaciones que pueden precisar una mayor inversión
son el aprovechamiento de los subproductos del olivar generados en la propia fase de
producción o transformación (huesos de aceituna, alperujo, etc.), y la diferenciación de
producciones. Además, se detecta la necesidad de seguir avanzando en procesos que
contribuyan a la mejora de la calidad de estos productos a través de nuevas tecnologías,
reforzando el control y aseguramiento de la calidad y trazabilidad, así como en el
comportamiento de los mercados y en estrategias de comercialización.
La presente orden regula las ayudas previstas en el Programa de Desarrollo Rural
(en adelante PDR) de Andalucía 2014-2022, aprobado en su versión número 14, por la
Comisión Europea el 16 de octubre de 2024. En concreto, se enmarcan en la Medida 4
«Inversiones en activos físicos», que desarrolla el artículo 17 del Reglamento (UE)
núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013,
relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo,
en el que se prevén ayudas en las regiones europeas a inversiones en activos físicos.
Las ayudas previstas en esta orden estarán a lo dispuesto en el artículo 41 del
Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en
aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L/187, de 26.6.2014). En estas
ayudas no concurren los supuestos previstos en el apartado c) del artículo 1.3 ni en el
artículo 1.5 del citado reglamento.
Dentro de la Medida 4, está la Submedida 4.2 «Apoyo a las inversiones en
transformación/comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas» que incluye tres
operaciones, en la segunda de las cuales se encuadra estas ayudas. Es la Operación
4.2.2: «Apoyo a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización
o desarrollo de nuevos productos agrícolas, en el sector oleícola y aceituna de mesa».
La operación referida se relaciona con una serie de focus áreas de desarrollo rural
programados en el PDR de Andalucía que se indican a continuación, de modo que los
proyectos que resulten beneficiarios de subvención deberán incidir en alguno de los
siguientes ámbitos y más concretamente en:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00319264
Orden de 9 de abril de 2025, por la que se convocan para el ejercicio de 2025
las ayudas previstas en la Orden de 15 de abril de 2024, por la que se aprueban
las bases reguladoras para las subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, para el apoyo a las inversiones destinadas a la implantación de
infraestructuras bioindustriales sostenibles de tratamiento y valorización de
alperujo en la provincia de Jaén, en el marco del Programa de Desarrollo Rural
de Andalucía 2014-2022 (Medida 4, Submedida 4.2, Operación 4.2.2), en el
ámbito de la inversión territorial integrada 2014-2022 de la provincia de Jaén.