Autoridades y personal. . (2025/75-4)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, y se declaran decaídas las personas que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 75 - Martes, 22 de abril de 2025
página 5622/2

De conformidad con lo anterior y con lo establecido en las bases 11, 12 y 13 del anexo
de la Resolución de 21 de diciembre de 2022 (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de
diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la
que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos
selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes
de determinadas categorías/cuerpos y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo
Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del
Servicio Andaluz de Salud, con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 59, de
28 de marzo de 2023, BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, y BOJA núm. 80, de 28 de
abril, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30
de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en uso
de las atribuciones que tiene conferidas en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00319223

el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el
que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal
para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, establece que, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico
del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de la totalidad de las plazas
ofertadas, la persona titular de la Dirección General competente en materia de personal
requerirá al Tribunal Calificador/Comisión de Selección una relación complementaria
con las personas aspirantes propuestas para su posible nombramiento como personal
estatutario, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias: a) Que se produzca
la renuncia de alguna de las personas aspirantes seleccionadas, tanto tácita como
expresa, o que tenga lugar el fallecimiento de algunos de los aspirantes seleccionados,
antes de su nombramiento o toma de posesión. b) Que alguna de las personas propuestas
no acredite los requisitos señalados en la base 4, en forma y plazo establecidos en
la base 12.3, o que del examen de dicha documentación se deduzca que el aspirante
carezca de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, en cuyo caso se
le dará audiencia; por la persona titular de la Dirección General competente en materia de
personal se dictará resolución por la que se acordará publicar la relación complementaria
de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible nombramiento
como personal estatutario fijo, las cuales deberán presentar la solicitud de petición de
centro de destino en la forma y términos establecidos en la base 11.
Hay personas aspirantes de las incluidas en el Anexo III de la citada Resolución
de 21 de marzo de 2025 (BOJA núm. 59, de 27 de marzo), que no han presentado la
documentación requerida en el trámite de audiencia regulado en su resuelve cuarto, por
lo que se hace necesario declararlas decaídas y acudir a la relación complementaria de
los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal
estatutario fijo se les requirió presentación de solicitudes de petición de centro de destino
conforme a lo regulado en el resuelve cuarto de la Resolución de 6 de marzo de 2025
(BOJA núm. 47, de 11 de marzo).
Y ello, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que regula que en el caso
de existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos
derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden
de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de entre los contenidos en la
resolución por la que se acude a la relación complementaria de las personas aspirantes
prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía mediante resolución de esta Dirección General de Personal.
En aplicación de lo establecido en la mencionada base general 13.3, el supuesto
recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo llamamiento de los
aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo dispuesto en estas bases.