5. Anuncios. . (2025/75-56)
Anuncio de 27 de marzo de 2025, del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor, delegación de potestad sancionadora. (PP. 766/2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 75 - Martes, 22 de abril de 2025
página 5156/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTOS
Anuncio de 27 de marzo de 2025, del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor,
delegación de potestad sancionadora. (PP. 766/2025).
El Pleno del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor, en sesión celebrada con
fecha 23.12.2024, acordó, por mayoría absoluta del número legal de miembros de la
Corporación, la delegación de la potestad sancionadora para la instrucción, resolución
y ejecución de los procedimientos por infracciones al texto refundido de la Ley sobre
Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y la Ordenanza Municipal en
la materia en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del Organismo Provincial de
Asistencia Económica y Fiscal.
Consta en el expediente municipal Acuerdo del Consejo Rector del Organismo
Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) de fecha 25.2.2025, de aceptación
de la delegación de competencias realizada por el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor en
sesión plenaria de fecha 23.12.2024, cuya parte dispositiva es la siguiente:
«Primero. Aprobar la delegación en la Diputación Provincial de Sevilla, a través del
Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal, de las siguientes facultades:
h) La potestad sancionadora para la instrucción, resolución y ejecución de los
procedimientos por infracciones al texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30
de octubre, y la Ordenanza Municipal en esta materia, publicada en BOP núm. 21, de
fecha 27.1.2009.
Segundo. Las relaciones interadministrativas derivadas del ejercicio por el OPAEF de
las competencias delegadas se regularán por la ordenanza de la Diputación de Sevilla
reguladora de las relaciones interadministrativas consecuencia de la delegación de
competencias o encomienda de funciones a la Diputación Provincial de Sevilla. para su
ejercicio por el Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal (OPAEF) por las
ordenanzas fiscales de la Excma. Diputación de Sevilla y por la ordenanza fiscal de la
tasa por la gestión y recaudación de las multas de tráfico de los Ayuntamientos. Serán
aplicables, asimismo, en lo que proceda, la ordenanza general de gestión, recaudación e
inspección de la Diputación de Sevilla, el OPAEF y la Casa de la Provincia y la ordenanza
de procedimiento para la gestión y recaudación de multas por infracciones a la Ley de
Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial impuestas por los Ayuntamientos,
así como las normas reguladoras de las diferentes figuras y procedimientos delegados.
Tercero. Designar como representantes en la comisión de seguimiento, conforme
a lo dispuesto en el artículo 10.2 de la citada ordenanza, al Concejal/a Delegado/a de
Hacienda y al Jefe/a de la Policía Local.

Quinto. Una vez aceptada la delegación, publicar el presente acuerdo en el Boletín
Oficial de la Provincia y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, para general
conocimiento.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318758

Cuarto. Dar traslado al OPAEF del presente acuerdo, para la aceptación de la
delegación por su Consejo Rector.