Disposiciones generales. . (2025/74-4)
Resolución de 11 de abril de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se redistribuye el crédito determinado en la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea-NextGenerationUE-, y se efectúa la convocatoria del año 2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Lunes, 21 de abril de 2025
página 5513/6
Tercero. Asimismo, el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, establece que el
órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre
los distintos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que
tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio
de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Una vez analizadas las solicitudes, para respetar el orden de prelación exigido por la
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
naturaleza no competitiva de esta subvención, se observa la necesidad de redistribuir el
SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
crédito entre las clasificaciones económicas
47002
y 48000.
Secretaría General Técnica
Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta los hechos y fundamentos de derecho
y demás disposiciones administrativas de
carácter
general y pertinente aplicación, este
ANEXO
II y III
órgano instructor
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
RESU ELV E
EMPLEO, EMPRESA YPrimero.
TRABAJO Redistribuir
AUTÓNOMO el crédito establecido en el punto 3, del artículo 2, de la Orden
ORGANISMO:
Hoja 7 de 7
de fecha 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de
LA CONSEJERA concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la
00319113
formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa y se efectúa
la convocatoria del año 2024:
Segundo. Esta redistribución de crédito no implica la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Tercero. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 74 - Lunes, 21 de abril de 2025
página 5513/6
Tercero. Asimismo, el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, establece que el
órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre
los distintos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que
tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio
de nuevo cómputo de plazo para resolver.
Una vez analizadas las solicitudes, para respetar el orden de prelación exigido por la
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
naturaleza no competitiva de esta subvención, se observa la necesidad de redistribuir el
SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
crédito entre las clasificaciones económicas
47002
y 48000.
Secretaría General Técnica
Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta los hechos y fundamentos de derecho
y demás disposiciones administrativas de
carácter
general y pertinente aplicación, este
ANEXO
II y III
órgano instructor
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
RESU ELV E
EMPLEO, EMPRESA YPrimero.
TRABAJO Redistribuir
AUTÓNOMO el crédito establecido en el punto 3, del artículo 2, de la Orden
ORGANISMO:
Hoja 7 de 7
de fecha 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de
LA CONSEJERA concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la
00319113
formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa y se efectúa
la convocatoria del año 2024:
Segundo. Esta redistribución de crédito no implica la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Tercero. Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.