Disposiciones generales. . (2025/71-6)
Extracto de la Orden de 4 de abril de 2025, por la que se convocan para el año 2025 las ayudas reguladas en la Orden de 9 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, incluidas en la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (2024-2027).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Lunes, 14 de abril de 2025
página 5340/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Extracto de la Orden de 4 de abril de 2025, por la que se convocan para
año 2025 las ayudas reguladas en la Orden de 9 de marzo de 2023, por
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a
reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía, incluidas en
Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (2024-2027).

el
la
la
la

BDNS (Identif): 825419.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/index) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2025, en la modalidad de régimen de concurrencia
competitiva, la siguiente línea de ayuda en el ámbito de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, en la cuantía total máxima que se especifica y con cargo
a los créditos presupuestarios vinculantes que, asimismo, se indican:
Línea de ayuda
Reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía,
incluidas en la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola
Español (2024-2027)

Cuantía máxima

Partida presupuestaria

3.000.000,00 euros

3300150000/G/71F/47009/00 BO30020133

Segundo. Personas beneficiarias.
Serán beneficiarias de esta línea de ayuda las personas viticultoras y futuras personas
viticultoras, cuyos viñedos se destinen o vayan a destinarse a la producción de uva de
vinificación, y se encuentren inscritos a su nombre, o tengan una resolución de arranque
o una autorización de plantación, en el registro vitícola de la Comunidad Autónoma de
Andalucía en la fecha de presentación de la solicitud de ayuda.
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de la ayuda destinada a la reestructuración y reconversión
de los viñedos, que incluye también la replantación de viñedos tras arranque obligatorio por
motivos sanitarios o fitosanitarios por orden de la autoridad competente, que vayan a ubicarse
en la Comunidad Autónoma de Andalucía con destino a la producción de uva de vinificación.
Cuarto. Bases reguladoras.
Orden de 9 de marzo de 2023, por la que se aprueban las bases reguladoras para
la concesión de ayudas a la reestructuración y reconversión de viñedo en Andalucía,
incluidas en la Intervención Sectorial del Sector Vitivinícola Español (2024-2027), y se
efectúa su convocatoria para el año 2023.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de quince días hábiles contados a partir del
día siguiente al de la publicación en el Boletín de Oficial de la Junta de Andalucía del extracto
previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318941

Quinta. Cuantía.
La dotación de la línea se establece en el apartado primero de este extracto.