3. Otras disposiciones. . (2025/71-50)
Acuerdo de 9 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se designan representantes de la Administración de la Junta de Andalucía en el Consejo Andaluz de Concertación Local.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Lunes, 14 de abril de 2025
página 5338/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Acuerdo de 9 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se designan
representantes de la Administración de la Junta de Andalucía en el Consejo
Andaluz de Concertación Local.
El Consejo Andaluz de Concertación Local, órgano supremo de colaboración y
concertación de la Junta de Andalucía y los gobiernos locales, es un órgano colegiado
permanente, de carácter deliberante y consultivo de la Junta de Andalucía, adscrito a la
Consejería competente sobre régimen local, que dispone de autonomía funcional para el
cumplimiento de sus fines.
Mediante la Ley 5/2014, de 30 de diciembre, del Consejo Andaluz de Concertación
Local, se procede a su regulación, estableciendo una composición paritaria, con
representación de la Junta de Andalucía y de los gobiernos locales, y una representación
equilibrada de mujeres y hombres.
En representación de la Junta de Andalucía, y conforme al artículo 6.2.a) de la
Ley 5/2014, de 30 de diciembre, forman parte del mismo las personas titulares de la
Consejería y de la Viceconsejería competente sobre régimen local, la persona titular del
órgano directivo competente sobre régimen local, y siete personas vocales designadas
por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía entre personas titulares de órganos
directivos con rango de Viceconsejería, ostentando la presidencia la persona titular de la
Consejería competente sobre régimen local.
Tras la promulgación del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, se hace necesario proceder a la actualización de la
designación de los representantes de la Administración de la Junta de Andalucía en el
Consejo Andaluz de Concertación Local prevista en el Acuerdo de 30 de agosto de 2022,
del Consejo de Gobierno, de tal forma que esta representación la ostenten las personas
titulares de los órganos directivos centrales cuyas competencias están más relacionadas
con las propias de las entidades locales.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función
Pública, y de conformidad con lo previsto en el artículo 6.2.a).3.º de la Ley 5/2014, de 30
de diciembre, y en el artículo 27.20 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su
reunión del día 9 de abril de 2025,
Primero. Designar como representantes de la Administración de la Junta de Andalucía
en el Consejo Andaluz de Concertación Local a:
- La persona titular de la Secretaría General competente en materia de interior.
- La persona titular de la Secretaría General competente en materia de hacienda.
- La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de educación.
-
La persona titular de la Secretaría General competente en materia de servicio
público de empleo.
- La persona titular de la Secretaría General competente en materia de turismo.
-
La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de fomento,
articulación del territorio y vivienda.
- La persona titular de la Secretaría General competente en materia de inclusión social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318939
ACUERDA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 71 - Lunes, 14 de abril de 2025
página 5338/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Acuerdo de 9 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se designan
representantes de la Administración de la Junta de Andalucía en el Consejo
Andaluz de Concertación Local.
El Consejo Andaluz de Concertación Local, órgano supremo de colaboración y
concertación de la Junta de Andalucía y los gobiernos locales, es un órgano colegiado
permanente, de carácter deliberante y consultivo de la Junta de Andalucía, adscrito a la
Consejería competente sobre régimen local, que dispone de autonomía funcional para el
cumplimiento de sus fines.
Mediante la Ley 5/2014, de 30 de diciembre, del Consejo Andaluz de Concertación
Local, se procede a su regulación, estableciendo una composición paritaria, con
representación de la Junta de Andalucía y de los gobiernos locales, y una representación
equilibrada de mujeres y hombres.
En representación de la Junta de Andalucía, y conforme al artículo 6.2.a) de la
Ley 5/2014, de 30 de diciembre, forman parte del mismo las personas titulares de la
Consejería y de la Viceconsejería competente sobre régimen local, la persona titular del
órgano directivo competente sobre régimen local, y siete personas vocales designadas
por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía entre personas titulares de órganos
directivos con rango de Viceconsejería, ostentando la presidencia la persona titular de la
Consejería competente sobre régimen local.
Tras la promulgación del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, se hace necesario proceder a la actualización de la
designación de los representantes de la Administración de la Junta de Andalucía en el
Consejo Andaluz de Concertación Local prevista en el Acuerdo de 30 de agosto de 2022,
del Consejo de Gobierno, de tal forma que esta representación la ostenten las personas
titulares de los órganos directivos centrales cuyas competencias están más relacionadas
con las propias de las entidades locales.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Justicia, Administración Local y Función
Pública, y de conformidad con lo previsto en el artículo 6.2.a).3.º de la Ley 5/2014, de 30
de diciembre, y en el artículo 27.20 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su
reunión del día 9 de abril de 2025,
Primero. Designar como representantes de la Administración de la Junta de Andalucía
en el Consejo Andaluz de Concertación Local a:
- La persona titular de la Secretaría General competente en materia de interior.
- La persona titular de la Secretaría General competente en materia de hacienda.
- La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de educación.
-
La persona titular de la Secretaría General competente en materia de servicio
público de empleo.
- La persona titular de la Secretaría General competente en materia de turismo.
-
La persona titular de la Viceconsejería competente en materia de fomento,
articulación del territorio y vivienda.
- La persona titular de la Secretaría General competente en materia de inclusión social.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318939
ACUERDA