Autoridades y personal. . (2025/68-13)
Resolución de 3 de abril de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que modifica la Resolución de 24 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, y por la que se declaran a las personas que se citan decaídas en su derecho a obtener la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Medicina Interna-Infecciosos, por el sistema de acceso libre, en el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 4930/2
aspirantes que se citan, se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a
las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación
de solicitudes de petición de centro de destino y se inicia el plazo para solicitar destino.
Dicha resolución, en su resuelve tercero, concede, a fin de no causar indefensión
y de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a
partir del día hábil siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía a las personas candidatas que se citan en el Anexo II de esta
resolución para subsanar la falta de presentación de declaración responsable. Asimismo,
establece que, aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia
concedido, no subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los
requisitos, no podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de
Salud, y perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin
perjuicio, en su caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
Por su parte, en su resuelve cuarto se establece que, en aplicación de lo establecido
en la base general 13.3, que en el caso de existir personas aspirantes que han superado
el concurso-oposición que deban perder los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación los aspirantes que
no hubieran obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se publica
la relación complementaria de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que
deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución
de esta Dirección General de Personal.
Habiendo un aspirante que no ha tomado posesión de la plaza obtenida como personal
estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Medicina
Interna-Infecciosos, procede modificar la citada Resolución de 24 de enero de 2025, de
la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 20, de 30
de enero), declarándola decaída y acudir a la relación complementaria de los aspirantes
que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo
en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Medicina InternaInfecciosos, requiriéndoles presentación de solicitudes de petición de destino.
De acuerdo con lo anterior y de conformidad con lo establecido en las bases 11.6, 12
y 13 del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre),
con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 18, de 27 de enero de 2023, y
BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, por la que se aprueban las bases generales
de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición,
por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas
categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para
la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio
Andaluz de Salud, en el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de
diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en
virtud de las atribuciones que se le asignan en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre
(BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General
Primero. Declarar decaída en su derecho a obtener la condición de personal
estatutario fijo como consecuencia de este concreto proceso selectivo a las personas
que se relacionan en el Anexo I de esta resolución, al no haber tomado posesión de la
plaza obtenida como personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista
de Área, especialidad Medicina Interna-Infecciosos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318532
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 4930/2
aspirantes que se citan, se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a
las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación
de solicitudes de petición de centro de destino y se inicia el plazo para solicitar destino.
Dicha resolución, en su resuelve tercero, concede, a fin de no causar indefensión
y de conformidad con lo establecido en la base 11.6, un plazo de diez días hábiles, a
partir del día hábil siguiente al de publicación de la citada resolución en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía a las personas candidatas que se citan en el Anexo II de esta
resolución para subsanar la falta de presentación de declaración responsable. Asimismo,
establece que, aquellas personas candidatas que, transcurrido el plazo de audiencia
concedido, no subsanaran la falta de declaración responsable del cumplimiento de los
requisitos, no podrán ser nombradas personal estatutario fijo del Servicio Andaluz de
Salud, y perderán los derechos derivados de su participación en el proceso selectivo, sin
perjuicio, en su caso, de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad
en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la base 11.6.
Por su parte, en su resuelve cuarto se establece que, en aplicación de lo establecido
en la base general 13.3, que en el caso de existir personas aspirantes que han superado
el concurso-oposición que deban perder los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación los aspirantes que
no hubieran obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se publica
la relación complementaria de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que
deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución
de esta Dirección General de Personal.
Habiendo un aspirante que no ha tomado posesión de la plaza obtenida como personal
estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Medicina
Interna-Infecciosos, procede modificar la citada Resolución de 24 de enero de 2025, de
la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 20, de 30
de enero), declarándola decaída y acudir a la relación complementaria de los aspirantes
que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal estatutario fijo
en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Medicina InternaInfecciosos, requiriéndoles presentación de solicitudes de petición de destino.
De acuerdo con lo anterior y de conformidad con lo establecido en las bases 11.6, 12
y 13 del anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre),
con correcciones de errores publicadas en BOJA núm. 18, de 27 de enero de 2023, y
BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, por la que se aprueban las bases generales
de las convocatorias que han de regir los procesos selectivos de concurso-oposición,
por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas básicas vacantes de determinadas
categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para
la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio
Andaluz de Salud, en el Decreto 296/2021, de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de
diciembre), por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en
virtud de las atribuciones que se le asignan en el Decreto 198/2024, de 3 de septiembre
(BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta Dirección General
Primero. Declarar decaída en su derecho a obtener la condición de personal
estatutario fijo como consecuencia de este concreto proceso selectivo a las personas
que se relacionan en el Anexo I de esta resolución, al no haber tomado posesión de la
plaza obtenida como personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista
de Área, especialidad Medicina Interna-Infecciosos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318532
RESU ELV E