Autoridades y personal. . (2025/68-43)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Empresa Pública para la Gestión del Turismo y del Deporte de Andalucía, S.A., por la que se convoca proceso de selección para cubrir con carácter indefinido el puesto de trabajo de Técnico/a Superior I, Jefe/a de Unidad y Profesor/a Tutor/a.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 4944/9
Tercera. Méritos a valorar.
1. Titulaciones académicas relacionadas directamente con el puesto al que se aspira
–aparte de la exigida para acceder al puesto– y de nivel superior a la exigida para el
puesto: 1 punto por titulación con un máximo de 2 puntos.
Las titulaciones académicas se acreditarán mediante la presentación de título o
certificado equivalente de la Entidad que la impartió.
2. Experiencia profesional: Hasta un máximo de seis puntos, conforme a la siguiente
regla:
2.1. Por experiencia profesional en el sector público de la Junta de Andalucía en el
mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a cubrir, 1 punto por cada
año de servicio. Los periodos inferiores a un año de servicio computarán a razón de 0.08
puntos por mes.
2.2. Por experiencia profesional en el sector público no incluido en el apartado
anterior o privado, en el mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a
cubrir, 0,50 puntos por cada año de servicio. Los periodos inferiores a 1 año de servicio
se computarán a razón de 0,04 puntos por mes.
La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida
laboral actualizado y/o hoja de servicios en la Administración. También será necesario
aportar los contratos de trabajo o nombramiento de funcionario o funcionaria o, en
su caso, copia de los contratos de prestación de obras o servicios en los que haya
participado por cuenta propia. En este último caso, será necesario estar o haber estado
de alta como autónomo/a.
3. Cursos de formación y/o perfeccionamiento. Cursos de formación o perfeccionamiento
directamente relacionados con el puesto a que se aspira (excluidos los realizados para
acreditar la titulación exigida para concursar) hasta un máximo de dos puntos, conforme
al siguiente baremo:
1. Cursos hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.
2. Cursos de 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.
3. Cursos de 30 a 49 horas: 0,15 puntos por curso.
4. Cursos de 50 a 75 horas: 0,20 puntos por curso.
5. Cursos de 76 a 100 horas: 0,25 puntos por curso.
6. Cursos de 101 a 150 horas: 0,50 puntos por curso.
7. Cursos de 151 a 250 horas: 0,75 puntos por curso.
8. Cursos de 251 hasta 500 horas: 1,00 punto por curso.
9. Cursos de 501 horas en adelante: 1,50 puntos por curso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318546
en él mismo se especifica por apartados. Será causa automática de exclusión la no
presentación del referido Anexo I.
Es condición esencial para la participación, la cumplimentación correcta del
autobaremo, del referido Anexo I, indicando de forma individualizada los méritos y los
puntos que corresponden a cada uno de los mismos conforme a estas bases. No se
calificará documentación alguna adjunta al referido Anexo que no esté reflejada y
puntuada en algún apartado del autobaremo, todo ello sin perjuicio en todo caso, de la
posibilidad de corrección de oficio del error en la puntuación asignada a cada mérito
consignado, por la Comisión Evaluadora.
La falta de presentación en tiempo, forma, lugar de los documentos requeridos
y la falta de cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de la
convocatoria constituyen motivo suficiente y causa justificada para la perdida de cualquier
derecho derivado de esta convocatoria, y la exclusión automática y definitiva del proceso
selectivo.
Será igualmente causa de exclusión de la convocatoria, cualquier falsedad, anomalía
o irregularidad detectada en cualquiera de los datos o documentos aportados.
Los documentos presentados serán fotocopias del original.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 68 - Miércoles, 9 de abril de 2025
página 4944/9
Tercera. Méritos a valorar.
1. Titulaciones académicas relacionadas directamente con el puesto al que se aspira
–aparte de la exigida para acceder al puesto– y de nivel superior a la exigida para el
puesto: 1 punto por titulación con un máximo de 2 puntos.
Las titulaciones académicas se acreditarán mediante la presentación de título o
certificado equivalente de la Entidad que la impartió.
2. Experiencia profesional: Hasta un máximo de seis puntos, conforme a la siguiente
regla:
2.1. Por experiencia profesional en el sector público de la Junta de Andalucía en el
mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a cubrir, 1 punto por cada
año de servicio. Los periodos inferiores a un año de servicio computarán a razón de 0.08
puntos por mes.
2.2. Por experiencia profesional en el sector público no incluido en el apartado
anterior o privado, en el mismo o superior grupo profesional y funciones que el puesto a
cubrir, 0,50 puntos por cada año de servicio. Los periodos inferiores a 1 año de servicio
se computarán a razón de 0,04 puntos por mes.
La experiencia profesional por cuenta ajena se acreditará mediante informe de vida
laboral actualizado y/o hoja de servicios en la Administración. También será necesario
aportar los contratos de trabajo o nombramiento de funcionario o funcionaria o, en
su caso, copia de los contratos de prestación de obras o servicios en los que haya
participado por cuenta propia. En este último caso, será necesario estar o haber estado
de alta como autónomo/a.
3. Cursos de formación y/o perfeccionamiento. Cursos de formación o perfeccionamiento
directamente relacionados con el puesto a que se aspira (excluidos los realizados para
acreditar la titulación exigida para concursar) hasta un máximo de dos puntos, conforme
al siguiente baremo:
1. Cursos hasta 15 horas: 0,05 puntos por curso.
2. Cursos de 16 a 29 horas: 0,10 puntos por curso.
3. Cursos de 30 a 49 horas: 0,15 puntos por curso.
4. Cursos de 50 a 75 horas: 0,20 puntos por curso.
5. Cursos de 76 a 100 horas: 0,25 puntos por curso.
6. Cursos de 101 a 150 horas: 0,50 puntos por curso.
7. Cursos de 151 a 250 horas: 0,75 puntos por curso.
8. Cursos de 251 hasta 500 horas: 1,00 punto por curso.
9. Cursos de 501 horas en adelante: 1,50 puntos por curso.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318546
en él mismo se especifica por apartados. Será causa automática de exclusión la no
presentación del referido Anexo I.
Es condición esencial para la participación, la cumplimentación correcta del
autobaremo, del referido Anexo I, indicando de forma individualizada los méritos y los
puntos que corresponden a cada uno de los mismos conforme a estas bases. No se
calificará documentación alguna adjunta al referido Anexo que no esté reflejada y
puntuada en algún apartado del autobaremo, todo ello sin perjuicio en todo caso, de la
posibilidad de corrección de oficio del error en la puntuación asignada a cada mérito
consignado, por la Comisión Evaluadora.
La falta de presentación en tiempo, forma, lugar de los documentos requeridos
y la falta de cumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de la
convocatoria constituyen motivo suficiente y causa justificada para la perdida de cualquier
derecho derivado de esta convocatoria, y la exclusión automática y definitiva del proceso
selectivo.
Será igualmente causa de exclusión de la convocatoria, cualquier falsedad, anomalía
o irregularidad detectada en cualquiera de los datos o documentos aportados.
Los documentos presentados serán fotocopias del original.