Disposiciones generales. . (2025/67-4)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se realiza la primera convocatoria de los incentivos de transición justa en la provincia de Cádiz para el proyecto tractor «Innovación y sostenibilidad de la industria auxiliar naval».
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
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d) Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes
de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
- Para las tipologías de proyectos «B.3. Servicios avanzados de apoyo a las
pymes, reforzando sus capacidades de gestión, comercialización y diseño, incluso la
homologación de procesos o productos sostenibles» en lo referente a la aplicación de
«Ayudas a la innovación en favor de las pymes (artículo 28 RGEC):
a) Los costes de obtención, validación y defensa de patentes y otros activos inmateriales.
b) Los costes de envío en comisión de servicio de personal altamente cualificado
procedente de un organismo de investigación y difusión de conocimientos o una gran
empresa, que trabaje en actividades de investigación, desarrollo e innovación en una
función recientemente creada en la entidad beneficiaria y que no sustituya a otro personal.
c) Los costes de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación.
ANEXO VIII
Conceptos de inversión y de gasto
- Para las tipologías de proyectos «A.1.1. Diversificación económica, modernización y
reconversión mediante inversiones productivas y de tecnologías y logística avanzada» y
«A.2.3. Digitalización e integración de las tecnologías de información y comunicación o la
transformación digital» los siguientes:
1. Conceptos de inversión en activos materiales:
a) Infraestructura eléctrica y de Tecnologías de la Información y Comunicaciones,
TIC, ligadas al establecimiento, incluidos los equipos informáticos o de infraestructura de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones, TIC.
b) Instalaciones para la traída y acometida de servicios, no ligadas a una nave o
construcción.
c) Obra civil necesaria para saneamiento y otros conceptos, incluidas las necesarias
para las instalaciones y equipos.
d) Bienes de equipo. En el caso de los elementos de transporte, solo serán objeto
de incentivo los elementos de transporte interior del recinto de la empresa o entidad
beneficiaria.
e) Instalaciones, incluidas las instalaciones auxiliares.
f) Otras inversiones en activos fijos materiales, no incluidas en los apartados
anteriores, que sean necesarias para el proyecto.
2. Conceptos de inversión en activos inmateriales, incluidos los de investigación
contractual, conocimientos, adquisición y tratamiento de software o patentes.

4. Otros conceptos de gastos asociados a las actuaciones incentivadas:
i. P
 lanificación, ingeniería y dirección facultativa. Incluye los trabajos de planificación,
ingeniería de proyecto y dirección facultativa de los proyectos, así como los estudios
de seguridad, medioambientales y todos aquellos que tengan especial relevancia
para la realización del proyecto de inversión.
ii. L
 a realización del informe de la persona auditora aportado con la cuenta justificativa
del incentivo con un límite máximo de 2.500 euros (IVA excluido).
Los conceptos anteriores solamente podrán ser incentivables bajo régimen de
minimis.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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3. El importe de las cuotas satisfechas hasta la fecha final de justificación, en el caso
de arrendamiento financiero de activos materiales, siempre y cuando a la fecha fin de
ejecución no se hubiera ejercitado aún la opción de compra, que necesariamente habrá
que incluirse en el contrato de arrendamiento financiero.