Disposiciones generales. . (2025/67-5)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Córdoba para el proyecto tractor «Ecosistema industrial para la logística avanzada en Córdoba».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4917/10

que se formula declaración ambiental estratégica del «Programa del Fondo de Transición
Justa de España 2021-2027».
l) Las evidencias de las comprobaciones establecidas en el apartado 13 del Cuadro
Resumen de la Orden de 22 de febrero de 2024, de la Consejería de Industria, Energía y Minas,
y en particular: la acreditación del código CNAE declarado, así como aquella que permita
comprobar la actividad de la persona o entidad beneficiaria en relación con dicho código.
m) Informe de evaluación de su contribución a los objetivos climáticos y
medioambientales recogidos en el artículo 17.1. del Reglamento (UE) núm. 2020/852, de
18 de junio de 2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones
sostenibles, que incluye la mitigación del cambio climático, la adaptación al cambio
climático, el uso sostenible y la protección de los recursos hídricos y marinos, la economía
circular, la prevención y control de la contaminación y la protección y recuperación de la
biodiversidad y los ecosistemas, de acuerdo con el Anexo V.
n) Acta notarial de presencia de comprobación de no inicio de los trabajos en aquellos
incentivos no sometidas a régimen de minimis.
ñ) El resto de documentación acreditativa en relación con los parámetros tomados en
consideración para la aplicación de los criterios de valoración.
p) Para el caso de incentivos superiores a 30.000 €, documentación acreditativa del
requisito contemplado en el art. 13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones en los siguientes términos:
i. Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, puedan presentar
cuentas de pérdidas y ganancias abreviada: certificación suscrita por la persona o entidad
beneficiaria, o en su caso, por su representante.
ii. Las sociedades que, de acuerdo con la normativa contable, no puedan presentar
cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, mediante certificado emitido por auditor
inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas.
q) Informe «Plantilla Media de Trabajadores en Situación de Alta» que certifique la
Tesorería General de la Seguridad Social, en el caso de oponerse a su consulta a través
del formulario (Anexo II).
r) Certificado de la vida laboral de la empresa expedido por la TGSS en el caso de
oponerse a su consulta a través del formulario (Anexo II).
s) En caso de solicitar anticipo, deberá presentarse escrito firmado electrónicamente
por la persona o entidad solicitante o su representante, indicando el importe solicitado y
en su caso el valor de la garantía aportada, así como su forma de constitución. El escrito
se acompañará de documento acreditativo de la constitución de la garantía en la Caja
General de Depósitos salvo para el caso de proyectos de aceleración de empresas.
2. En el caso de Clústeres, asociaciones o agrupaciones empresariales, se deberá
aportar la documentación que permita la comprobación del cumplimiento por cada
uno de sus integrantes de los requisitos establecidos para las personas o entidades
beneficiarias, en particular las relativas a la consideración de microempresa, pequeña
o mediana empresa (PYME) de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo I del
Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

Créditos presupuestarios
2025
2026
2027
Total
2000130000 G/73B/77000/00 01 J4070321J0 4.332.851,00 € 3.032.995,00 € 1.299.855,00 € 8.665.701,00 €
2000130000 G/73B/77000/00 01 J4070413J0 1.240.992,50 €
868.694,75 €
372.297,75 € 2.481.985,00 €
2000130000 G/73B/77000/00 01 J4070429J0 1.240.992,00 € 868.694,00 €
372.297,00 € 2.481.983,00 €
2000130000 G/73B/77000/00 01 J4070424J0
907.256,50 €
635.079,55 €
272.176,95 € 1.814.513,00 €

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Décimo segundo. Partidas presupuestarias y estabilidad presupuestaria.
1. Los incentivos serán financiados con cargo a los siguientes créditos presupuestarios
del ejercicio 2025 a 2027, por las cuantías máximas que se especifican a continuación: