Disposiciones generales. . (2025/67-6)
Resolución de 27 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se convocan los incentivos de transición justa en la provincia de Córdoba para el proyecto tractor «Desarrollo industrial sostenible en el Valle del Guadiato».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4922/40

- Para la tipología de proyecto «A.2.2. Mejora de la economía circular, también
mediante la prevención y reducción de residuos, la eficiencia en el uso de los recursos,
la reutilización, la reparación y el reciclado» las siguientes condiciones específicas para
«Ayudas a la inversión para la eficiencia en el uso de los recursos y para apoyar la
transición hacia una economía circular (artículo 47 RGEC)»:
1. Las inversiones deberán abarcar a:
a) las inversiones que mejoren la eficiencia en el uso de los recursos a través de uno
de los medios siguientes o de ambos:
i. Una reducción neta de los recursos consumidos en la producción de una cantidad
dada de producción, en comparación con un proceso de producción ya existente utilizado
por el beneficiario o con actividades o proyectos alternativos que figuren en el apartado 7
del artículo 47 del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de 17 de junio de 2014; los recursos
consumidos incluirán todos los recursos materiales consumidos con excepción de la
energía, y la reducción se determinará midiendo o estimando el consumo antes y después
de la aplicación de la medida de ayuda, teniendo en cuenta cualquier ajuste debido a
condiciones externas que pueda afectar al consumo de recursos.
ii. La sustitución de materias primas primarias por materias primas secundarias
(reutilizadas o valorizadas, lo que incluye las recicladas).
b) Las inversiones para la prevención y reducción de la generación de residuos,
la preparación para la reutilización, la descontaminación y el reciclado de residuos
generados por el beneficiario o las inversiones para la preparación para la reutilización,
la descontaminación y el reciclado de residuos generados por terceros y que, de otro
modo, no se utilizarían o se eliminarían o tratarían mediante una operación de tratamiento
situada más abajo en el orden de prioridades de la jerarquía de residuos a que se refiere
el artículo 4, punto 1, de la Directiva 2008/98/CE o de una manera menos eficiente en el
uso de los recursos, o darían lugar a un reciclado de menor calidad.
c) Las inversiones para la recogida, la clasificación, la descontaminación, el
tratamiento previo y el tratamiento de otros productos, materiales o sustancias generados
por el beneficiario o por terceros y que, de otro modo, no se utilizarían o se utilizarían de
manera menos eficiente en el uso de los recursos.
d) Las inversiones para la recogida separada y la clasificación de residuos con vistas
a su preparación para la reutilización o el reciclado.
2. Quedan excluidas:
a) Las ayudas para las operaciones de eliminación y valorización de residuos con
miras a la generación de energía.
b) Las inversiones relativas a tecnologías que constituyan una práctica comercial
establecida ya rentable en toda la Unión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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sostenibles» las siguientes condiciones específicas para «Ayudas a la inversión para la
promoción de la energía procedente de fuentes renovables, de hidrógeno renovable y de
la cogeneración de alta eficiencia (artículo 41)»:
1. Las inversiones deberá abarcar a la promoción de la producción de hidrógeno
únicamente en el caso de las instalaciones que produzcan exclusivamente hidrógeno
renovable. En el caso de los proyectos de hidrógeno renovable consistentes en un
electrolizador y una o más unidades de generación renovable detrás de un único punto
de conexión a la red, la capacidad del electrolizador no superará la capacidad combinada
de las unidades de generación renovables. Las ayudas a la inversión podrán sufragar
infraestructuras específicas para el transporte o la distribución de hidrógeno renovable,
así como instalaciones para su almacenamiento.
2. Las ayudas a la inversión se concederán en relación con capacidades recién
instaladas o renovadas.
3. El importe de la ayuda será independiente de la producción.