Autoridades y personal. . (2025/67-44)
Resolución de 1 de abril de 2025, del Rector de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plaza de Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios laboral fijo, de la categoría de Titulado Superior de Apoyo a la Docencia e Investigación de la Universidad de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4871/4
3.4. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al
33 por 100 podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo
de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico
Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el
grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada
la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como
el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía». Igualmente se publicará a meros efectos de publicidad, en el
«Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página web del área de Personal de
la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicio de la Universidad de Cádiz, las
personas que integran el Tribunal calificador de la presente convocatoria serán las que
figuran en el Anexo IV.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318473
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la
lista provisional de admisión y exclusión de aspirantes. En dicha resolución, que deberá
publicarse en la página web del área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/,
se incluirá la lista completa de personas aspirantes admitidas y excluidas indicándose, en
este último caso, la/s causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa
de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación
en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona aspirante,
que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición,
en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas aspirantes
que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4871/4
3.4. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que
hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación
de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro de los diez días siguientes
a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho
plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.
3.5. Las personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al
33 por 100 podrán solicitar, expresándolo en el recuadro correspondiente del modelo
de solicitud, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los
ejercicios de la fase de oposición, debiendo presentar copia del Dictamen Técnico
Facultativo actualizado emitido por el Órgano Técnico de Valoración que dictaminó el
grado de discapacidad. La Universidad de Cádiz podrá requerir a la persona interesada
la información que estime necesaria en orden a la adaptación solicitada, así como
el dictamen del órgano competente sobre la procedencia de la adaptación y de la
compatibilidad con el desempeño de las funciones del puesto concreto a ocupar.
3.6. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados
a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial de
la Junta de Andalucía». Igualmente se publicará a meros efectos de publicidad, en el
«Boletín Oficial de la Universidad de Cádiz» y en la página web del área de Personal de
la Universidad de Cádiz: https://personal.uca.es/convocatoria-pas/.
3.7. Los errores de hecho que pudieran advertirse, podrán subsanarse, en cualquier
momento, de oficio o a petición de la persona interesada.
5. Tribunal Calificador.
5.1. De acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Selección, Contratación y
Nombramiento del Personal de Administración y Servicio de la Universidad de Cádiz, las
personas que integran el Tribunal calificador de la presente convocatoria serán las que
figuran en el Anexo IV.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318473
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad
de Cádiz dictará, en el plazo máximo de un mes, resolución declarando aprobada la
lista provisional de admisión y exclusión de aspirantes. En dicha resolución, que deberá
publicarse en la página web del área de Personal https://personal.uca.es/convocatoria-pas/,
se incluirá la lista completa de personas aspirantes admitidas y excluidas indicándose, en
este último caso, la/s causa/s de exclusión.
4.2. Las personas excluidas dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir
del siguiente al de la publicación de la resolución en la citada página web, para poder
subsanar el defecto que haya motivado la exclusión. La subsanación se realizará a través
del mismo expediente de presentación de su solicitud inicial de forma telemática en la
Sede Electrónica de la UCA. Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa
de exclusión o no aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación
en el proceso selectivo. Finalizado el plazo de subsanación, se hará pública, del mismo
modo arriba señalado, la relación definitiva de admisión y exclusión de aspirantes.
Contra la resolución por la que se excluya definitivamente a una persona aspirante,
que ultima la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición,
en el plazo de un mes, ante el Rector de la Universidad de Cádiz, de acuerdo con
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos
meses, ante el órgano competente, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
4.3. Los derechos de examen serán reintegrados, de oficio, a las personas aspirantes
que hayan sido excluidas definitivamente de la realización del proceso selectivo.