Disposiciones generales. . (2025/67-2)
Acuerdo de 2 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la formulación de la I Estrategia Andaluza de Divulgación Educativa de la Ciencia 2026-2030.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4868/3
- Garantizar la integración de la educación científica dentro de un marco de desarrollo
sostenible, alineado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y crear una red de
espacios de divulgación científica que conecte centros de investigación, universidades y
espacios educativos.
Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación.
1. El proceso para la elaboración de la EANDEC atenderá a las recomendaciones
establecidas con carácter genérico en sus guías metodológicas por el Instituto Andaluz
de Administración Pública.
2. La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional impulsará la
EANDEC, junto con el Consorcio Parque de las Ciencias, a los que les corresponderá la
coordinación, elaboración y gestión de la misma.
Para ello contará con:
- Comité directivo, que estará presidido por personal de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, compuesto por la persona titular de los órganos
directivos de otras Consejerías de la Junta de Andalucía con competencias vinculadas
al ámbito de actuación del la EANDEC, analizará el diágnostico y determinará qué
necesidades, problemas y retos va a abordar en la EANDEC.
- Comité técnico, que será designado por el Comité directivo, compuesto por
representantes de los órganos directivos con competencias en la EANDEC, que
concretará los programas de actuación y los proyectos a ejecutar por la estrategia
para satisfacer los objetivos establecidos por el Comité Directivo. Dichos programas y
proyectos contarán con la aprobación del responsable del órgano que los define.
3. La propuesta inicial de la EANDEC será sometida a información pública por un
período no inferior a un mes, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
y en la sección del Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía y el sitio web de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
4. La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional recabará los
informes preceptivos de acuerdo con la normativa general de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318470
Tercero. Contenidos de la I Estrategia Andaluza de Divulgación Educativa de la
Ciencia 2026-2030.
La I Estrategia Andaluza de Divulgación Educativa de la Ciencia 2026-2030 incluirá al
menos los siguientes contenidos:
a) Un análisis de la situación de partida en referencia al contexto andaluz, nacional,
europeo y mundial.
b) Un diagnóstico que permita señalar los problemas, retos y necesidades a abordar
en la EANDEC.
c) Los objetivos perseguidos.
d) Una programación que establezca las medidas a ejecutar para el logro de los
objetivos definidos, incluyendo la estimación de los fondos destinados a financiar aquellas
y un cronograma tentativo para la consecución de los mismos.
e) Una organización o sistema para la gestión de la EANDEC que determine o
distribuya las responsabilidades en su formulación y ejecución.
f) Un sistema de Seguimiento y Evaluación de la EANDEC y sus correspondientes
indicadores de cumplimiento.
g) Una evaluación ex ante que permita optimizar las probabilidades de eficacia y
eficiencia de la EANDEC.
h) Un informe de evaluabilidad emitido por el Instituto Andaluz de Administración
Pública que acredite los atributos básicos en el plan de la rendición de cuentas a la
ciudadanía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 67 - Martes, 8 de abril de 2025
página 4868/3
- Garantizar la integración de la educación científica dentro de un marco de desarrollo
sostenible, alineado con los Objetivos de Desarrollo Sostenible, y crear una red de
espacios de divulgación científica que conecte centros de investigación, universidades y
espacios educativos.
Cuarto. Proceso de elaboración y aprobación.
1. El proceso para la elaboración de la EANDEC atenderá a las recomendaciones
establecidas con carácter genérico en sus guías metodológicas por el Instituto Andaluz
de Administración Pública.
2. La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional impulsará la
EANDEC, junto con el Consorcio Parque de las Ciencias, a los que les corresponderá la
coordinación, elaboración y gestión de la misma.
Para ello contará con:
- Comité directivo, que estará presidido por personal de la Consejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, compuesto por la persona titular de los órganos
directivos de otras Consejerías de la Junta de Andalucía con competencias vinculadas
al ámbito de actuación del la EANDEC, analizará el diágnostico y determinará qué
necesidades, problemas y retos va a abordar en la EANDEC.
- Comité técnico, que será designado por el Comité directivo, compuesto por
representantes de los órganos directivos con competencias en la EANDEC, que
concretará los programas de actuación y los proyectos a ejecutar por la estrategia
para satisfacer los objetivos establecidos por el Comité Directivo. Dichos programas y
proyectos contarán con la aprobación del responsable del órgano que los define.
3. La propuesta inicial de la EANDEC será sometida a información pública por un
período no inferior a un mes, anunciándose en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
y en la sección del Portal de la Transparencia de la Junta de Andalucía y el sitio web de la
Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional.
4. La Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional recabará los
informes preceptivos de acuerdo con la normativa general de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318470
Tercero. Contenidos de la I Estrategia Andaluza de Divulgación Educativa de la
Ciencia 2026-2030.
La I Estrategia Andaluza de Divulgación Educativa de la Ciencia 2026-2030 incluirá al
menos los siguientes contenidos:
a) Un análisis de la situación de partida en referencia al contexto andaluz, nacional,
europeo y mundial.
b) Un diagnóstico que permita señalar los problemas, retos y necesidades a abordar
en la EANDEC.
c) Los objetivos perseguidos.
d) Una programación que establezca las medidas a ejecutar para el logro de los
objetivos definidos, incluyendo la estimación de los fondos destinados a financiar aquellas
y un cronograma tentativo para la consecución de los mismos.
e) Una organización o sistema para la gestión de la EANDEC que determine o
distribuya las responsabilidades en su formulación y ejecución.
f) Un sistema de Seguimiento y Evaluación de la EANDEC y sus correspondientes
indicadores de cumplimiento.
g) Una evaluación ex ante que permita optimizar las probabilidades de eficacia y
eficiencia de la EANDEC.
h) Un informe de evaluabilidad emitido por el Instituto Andaluz de Administración
Pública que acredite los atributos básicos en el plan de la rendición de cuentas a la
ciudadanía.