Autoridades y personal. . (2025/66-19)
Resolución de 2 de abril de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 13 de febrero de 2025, y por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, y se declaran decaídas a las personas candidatas que se citan.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4867/2
deberán presentar la solicitud de petición de centro de destino en la forma y términos
establecidos en la base 11.
En este sentido, existiendo dos personas que no han procedido a la firma del
contrato indefinido en el plazo habilitado para ello así como existiendo dos personas
que no han subsanado la falta de presentación de declaración responsable, procede
modificar la citada Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 33, de 18 de febrero), por la que se
acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Médico/a de Familia
en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el sistema de acceso libre, a las personas
aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado
mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Sanitarias, y
se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan. En
este caso, no procedería acudir a la relación complementaria de personas aspirantes a
las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación
de solicitudes de petición de centro de destino al no existir más candidatos aspirantes en
dicho proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en las bases 12 y 13 del anexo de la Resolución
de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han
de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por el sistema de acceso libre,
para cubrir plazas vacantes de categorías y especialidades de personal laboral fijo en
desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para
2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA
extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), con correcciones de errores publicadas en
BOJA núm. 24, de 6 de febrero de 2023, y BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, en los
Decretos 290/2021, 291/2021, 292/2021, 293/2021 y 294/2021, de 28 de diciembre, por
el que se disuelven las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA núm. 250, de
30 de diciembre), se designa órgano liquidador, se establecen medidas en materia de
personal y otras medidas organizativas de carácter transitorio, en el Decreto 295/2021,
de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta
de Empleo Público extraordinaria 2021 para la estabilización de empleo temporal en las
Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto
198/2024, de 3 de septiembre (BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta
Dirección General
Primero. Acordar la propuesta de contratación indefinida a las personas aspirantes
que han superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría
de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, que se relacionan
en el Anexo I de esta resolución, con expresión del centro de destino adjudicado. De
conformidad con lo establecido en la base 12.1 del anexo de las bases generales, las
plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados por
las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición y al orden determinado
por la puntuación obtenida en el mismo, y conforme a lo establecido en la base 12.2 para
quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de lo establecido en
la base 11.2 del anexo de las bases generales respecto a las personas aspirantes que
participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.
Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases
generales, el plazo de firma del contrato indefinido será de un mes improrrogable, a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318469
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4867/2
deberán presentar la solicitud de petición de centro de destino en la forma y términos
establecidos en la base 11.
En este sentido, existiendo dos personas que no han procedido a la firma del
contrato indefinido en el plazo habilitado para ello así como existiendo dos personas
que no han subsanado la falta de presentación de declaración responsable, procede
modificar la citada Resolución de 13 de febrero de 2025, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 33, de 18 de febrero), por la que se
acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Médico/a de Familia
en Unidades de Urgencia Hospitalaria, por el sistema de acceso libre, a las personas
aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado
mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Sanitarias, y
se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas candidatas que se citan. En
este caso, no procedería acudir a la relación complementaria de personas aspirantes a
las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación
de solicitudes de petición de centro de destino al no existir más candidatos aspirantes en
dicho proceso selectivo.
De conformidad con lo establecido en las bases 12 y 13 del anexo de la Resolución
de 23 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han
de regir los procesos selectivos de concurso-oposición, por el sistema de acceso libre,
para cubrir plazas vacantes de categorías y especialidades de personal laboral fijo en
desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para
2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA
extraordinario núm. 35, de 30 de diciembre), con correcciones de errores publicadas en
BOJA núm. 24, de 6 de febrero de 2023, y BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023, en los
Decretos 290/2021, 291/2021, 292/2021, 293/2021 y 294/2021, de 28 de diciembre, por
el que se disuelven las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias (BOJA núm. 250, de
30 de diciembre), se designa órgano liquidador, se establecen medidas en materia de
personal y otras medidas organizativas de carácter transitorio, en el Decreto 295/2021,
de 28 de diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta
de Empleo Público extraordinaria 2021 para la estabilización de empleo temporal en las
Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, y en virtud de lo dispuesto en el Decreto
198/2024, de 3 de septiembre (BOJA extraordinario núm. 16, de 4 de septiembre), por
el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Consumo, esta
Dirección General
Primero. Acordar la propuesta de contratación indefinida a las personas aspirantes
que han superado el concurso-oposición, por el sistema de acceso libre, en la categoría
de Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, que se relacionan
en el Anexo I de esta resolución, con expresión del centro de destino adjudicado. De
conformidad con lo establecido en la base 12.1 del anexo de las bases generales, las
plazas ofertadas han sido adjudicadas atendiendo a los centros de destino solicitados por
las personas aspirantes que han superado el concurso-oposición y al orden determinado
por la puntuación obtenida en el mismo, y conforme a lo establecido en la base 12.2 para
quienes dentro del plazo fijado no han solicitado plaza, sin perjuicio de lo establecido en
la base 11.2 del anexo de las bases generales respecto a las personas aspirantes que
participan por la reserva de plazas para personas con discapacidad.
Segundo. De conformidad a lo establecido en la base 13.2 del anexo de las bases
generales, el plazo de firma del contrato indefinido será de un mes improrrogable, a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318469
RESU ELV E