Autoridades y personal. . (2025/66-22)
Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de promoción interna del Cuerpo docente de Catedráticas y Catedráticos de Universidad.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4789/7
9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.
9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de
Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado
de Protección de Datos, en la siguiente dirección de correo electrónico: dpd@uca.es.
9.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de
la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz
no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente
previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos
serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad
de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la
entidad pública competente.
9.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de
Responsabilidad Proactiva, la Universidad garantiza que ha adoptado las medidas,
técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en
atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
9.4. En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso,
Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos
se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de
estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia
del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante
representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la
representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar
vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una
reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía
(www.consejodetransparencia.es).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318391
Quien tuviera la condición de personal funcionario público de carrera en activo, estará
exento de justificar los documentos de los apartados 8.1.2 y 8.1.3, debiendo presentar
certificación del Ministerio y Organismo del que dependa, acreditativa de su condición de
personal funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
8.2. El nombramiento como personal funcionario docente de carrera será efectuado
por el Rector, con posterioridad a que la persona propuesta haya dado cumplimiento a
los requisitos y plazos establecidos en el punto anterior. El nombramiento especificará
la denominación de la plaza: Cuerpo y Área de Conocimiento, así como su código de
plaza en la Relación de Puestos de Trabajo. Los nombramientos serán comunicados al
correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal
e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el Boletín Oficial del Estado y
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y comunicados a la Secretaría General del
Consejo de Universidades.
8.3. En el plazo máximo de 20 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación
del nombramiento en el BOE, la persona propuesta deberá tomar posesión de su destino,
momento en que se adquirirá la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo
docente que corresponda, con los derechos y deberes que le son propios.
8.4. La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
en otra Universidad.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4789/7
9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.
9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de
estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que la Universidad de
Cádiz es la responsable del tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado
de Protección de Datos, en la siguiente dirección de correo electrónico: dpd@uca.es.
9.2. La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de
la presente convocatoria. Asimismo, se hace constar que la Universidad de Cádiz
no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente
previstos o cuando fuere necesario para la prestación del servicio, y que los datos
serán conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad
de Cádiz, durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la
entidad pública competente.
9.3. En cumplimiento de la normativa vigente, respetando el principio de
Responsabilidad Proactiva, la Universidad garantiza que ha adoptado las medidas,
técnicas y organizativas, necesarias para mantener el nivel de seguridad requerido, en
atención a la naturaleza de los datos personales tratados.
9.4. En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso,
Rectificación, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar los derechos
se deberá de presentar un escrito en la dirección arriba señalada especificando cuál de
estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá acompañarse de la fotocopia
del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante
representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la
representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar
vulnerado su derecho a la protección de datos personales, se podrá interponer una
reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía
(www.consejodetransparencia.es).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318391
Quien tuviera la condición de personal funcionario público de carrera en activo, estará
exento de justificar los documentos de los apartados 8.1.2 y 8.1.3, debiendo presentar
certificación del Ministerio y Organismo del que dependa, acreditativa de su condición de
personal funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.
8.2. El nombramiento como personal funcionario docente de carrera será efectuado
por el Rector, con posterioridad a que la persona propuesta haya dado cumplimiento a
los requisitos y plazos establecidos en el punto anterior. El nombramiento especificará
la denominación de la plaza: Cuerpo y Área de Conocimiento, así como su código de
plaza en la Relación de Puestos de Trabajo. Los nombramientos serán comunicados al
correspondiente Registro a efectos de otorgamiento del número de Registro de Personal
e inscripción en los Cuerpos respectivos, publicados en el Boletín Oficial del Estado y
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y comunicados a la Secretaría General del
Consejo de Universidades.
8.3. En el plazo máximo de 20 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación
del nombramiento en el BOE, la persona propuesta deberá tomar posesión de su destino,
momento en que se adquirirá la condición de personal funcionario de carrera del cuerpo
docente que corresponda, con los derechos y deberes que le son propios.
8.4. La plaza obtenida tras el concurso de acceso deberá desempeñarse durante dos
años, al menos, antes de poder participar en un nuevo concurso para obtener una plaza
en otra Universidad.