Autoridades y personal. . (2025/66-21)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Permanente Laboral / Profesorado Contratado Doctor, mediante contrato laboral especial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4002/8
Finalizada cada una de las pruebas, la comisión deliberará y cada uno de sus
miembros emitirá un voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le
merece cada una de las personas candidatas, ajustándose a los criterios previamente
fijados. En caso de unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único
y razonado de la comisión.
6.6. La puntuación final obtenida será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada
una de las pruebas. Los resultados de cada persona candidata, con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los ítems evaluados, se harán públicos en la
página web del área de Personal.
7. Resolución del concurso público.
7.1. En el plazo máximo de 5 días desde la realización de la segunda prueba, la
comisión de selección remitirá al área de Personal para su publicación el acuerdo
provisional de resolución de la/s plaza/s, que incluirá: la relación de personas aspirantes
presentadas, puntuación numérica obtenida en cada una de las pruebas por cada
aspirante, persona propuesta para la cobertura de cada plaza y el procedimiento y plazo
para impugnar dicho acuerdo de la comisión.
En el caso de plazas convocadas por el cupo de discapacidad, y no haya aspirante
propuesto para su nombramiento proveniente de personas de este cupo, se procederá a
su cobertura por el primer aspirante propuesto del cupo general.
7.2. En los siete días siguientes a la publicación del acuerdo provisional, la comisión
de selección remitirá el expediente completo de la convocatoria al Vicerrectorado con
competencia en materia de profesorado para su custodia y archivo.
En el supuesto de que ninguna de las personas candidatas alcance la puntuación
mínima requerida para la obtención de la plaza, la comisión declarará desierta la misma.
7.3. Contra el acuerdo provisional anterior, las personas concursantes podrán
presentar alegaciones en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su
publicación. Admitidas a trámite, la comisión de selección deberá resolver las mismas
en un plazo no superior a quince días y su resolución dará carácter definitivo a dicho
acuerdo.
7.4. Si no se presentaran alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo provisional
devendrá en definitivo.
7.5. Contra el acuerdo definitivo se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector
en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. La admisión a trámite del
recurso no suspenderá la contratación de la persona propuesta, salvo resolución rectoral
en contrario.
9. Presentación de documentos y formalización del contrato.
9.1. La persona propuesta para la plaza deberá acreditar, con carácter previo a la
firma del contrato y mediante la presentación de la documentación original, estar en
posesión de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así
como el certificado de discapacidad en caso de optar por dicho cupo.
9.2. Salvo casos de fuerza mayor, si no presentara los documentos requeridos o si los
mismos no concuerdan con las copias presentadas, en el plazo de diez días, quedará sin
efecto la resolución del concurso a su favor y se procederá a la contratación de la siguiente
persona propuesta según el orden de prelación, sin perjuicio de las responsabilidades de
todo orden que puedan ser exigidas por la Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317605
8. Retribuciones, duración del contrato y funciones a desempeñar.
8.1. Las retribuciones anuales serán las establecidas en la normativa vigente.
8.2. El contrato será de carácter fijo e indefinido.
8.3. Las funciones a realizar por el profesorado contratado serán aquellas descritas
en la normativa de aplicación vigente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4002/8
Finalizada cada una de las pruebas, la comisión deliberará y cada uno de sus
miembros emitirá un voto con informe razonado sobre la valoración cuantificada que le
merece cada una de las personas candidatas, ajustándose a los criterios previamente
fijados. En caso de unanimidad, dichos informes podrán sustituirse por un informe único
y razonado de la comisión.
6.6. La puntuación final obtenida será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada
una de las pruebas. Los resultados de cada persona candidata, con una explicación
motivada y desglosada por cada uno de los ítems evaluados, se harán públicos en la
página web del área de Personal.
7. Resolución del concurso público.
7.1. En el plazo máximo de 5 días desde la realización de la segunda prueba, la
comisión de selección remitirá al área de Personal para su publicación el acuerdo
provisional de resolución de la/s plaza/s, que incluirá: la relación de personas aspirantes
presentadas, puntuación numérica obtenida en cada una de las pruebas por cada
aspirante, persona propuesta para la cobertura de cada plaza y el procedimiento y plazo
para impugnar dicho acuerdo de la comisión.
En el caso de plazas convocadas por el cupo de discapacidad, y no haya aspirante
propuesto para su nombramiento proveniente de personas de este cupo, se procederá a
su cobertura por el primer aspirante propuesto del cupo general.
7.2. En los siete días siguientes a la publicación del acuerdo provisional, la comisión
de selección remitirá el expediente completo de la convocatoria al Vicerrectorado con
competencia en materia de profesorado para su custodia y archivo.
En el supuesto de que ninguna de las personas candidatas alcance la puntuación
mínima requerida para la obtención de la plaza, la comisión declarará desierta la misma.
7.3. Contra el acuerdo provisional anterior, las personas concursantes podrán
presentar alegaciones en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su
publicación. Admitidas a trámite, la comisión de selección deberá resolver las mismas
en un plazo no superior a quince días y su resolución dará carácter definitivo a dicho
acuerdo.
7.4. Si no se presentaran alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo provisional
devendrá en definitivo.
7.5. Contra el acuerdo definitivo se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector
en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación. La admisión a trámite del
recurso no suspenderá la contratación de la persona propuesta, salvo resolución rectoral
en contrario.
9. Presentación de documentos y formalización del contrato.
9.1. La persona propuesta para la plaza deberá acreditar, con carácter previo a la
firma del contrato y mediante la presentación de la documentación original, estar en
posesión de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, así
como el certificado de discapacidad en caso de optar por dicho cupo.
9.2. Salvo casos de fuerza mayor, si no presentara los documentos requeridos o si los
mismos no concuerdan con las copias presentadas, en el plazo de diez días, quedará sin
efecto la resolución del concurso a su favor y se procederá a la contratación de la siguiente
persona propuesta según el orden de prelación, sin perjuicio de las responsabilidades de
todo orden que puedan ser exigidas por la Universidad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317605
8. Retribuciones, duración del contrato y funciones a desempeñar.
8.1. Las retribuciones anuales serán las establecidas en la normativa vigente.
8.2. El contrato será de carácter fijo e indefinido.
8.3. Las funciones a realizar por el profesorado contratado serán aquellas descritas
en la normativa de aplicación vigente.