Autoridades y personal. . (2025/66-21)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público de Profesorado Permanente Laboral / Profesorado Contratado Doctor, mediante contrato laboral especial.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4002/4
accesible desde la propia Sede Electrónica de la UCA https://sedelectronica.uca.es y
más concretamente en
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=499
La presentación electrónica de la solicitud requiere el uso del certificado digital de
la persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados los
documentos requeridos, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente,
se deberá pulsar el botón de «Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que
figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo
será documento justificativo de la presentación de la solicitud por la persona interesada,
por lo que ésta no podrá entender que ha concluido el trámite de presentación de la
solicitud si no ha finalizado el mismo con la obtención del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud independiente
para cada una de ellas, salvo que se trate de plazas de la misma especialidad de
conocimiento, en cuyo caso bastará con una sola solicitud y documentación acreditativa.
En estos supuestos, deberán quedar identificadas en la solicitud las plazas a que se
concursa, especificando el número de plaza indicado en el Anexo I de plazas convocadas.
Las plazas indicadas para el cupo de discapacidad en el Anexo I, podrán ser
solicitadas indistintamente por aquellos aspirantes tengan o no la consideración de
discapacitados. De no haber solicitantes que superen el proceso selectivo del cupo de
discapacidad, se cubrirán las plazas por los aspirantes del cupo general conforme al
apartado 7.1 de las presentes bases.
En aplicación del apartado 1 de la disposición transitoria primera del Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, las referencias a especialidades de conocimiento se
entienden realizadas en este momento a las áreas de conocimiento relacionadas en el
Anexo I del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
3.3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad; Pasaporte; Número de Identidad de
Extranjero o Tarjeta de Identidad de Extranjero, en vigor.
b) Copia del título académico de Doctor o Doctora o de la justificación acreditativa de
haber solicitado el título y abonado los correspondientes derechos para su obtención.
c) Copia de la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Agencia de Calidad Andaluza.
d) Resguardo acreditativo del abono de las tasas de participación en el proceso,
que serán de 30 euros. Se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-487086-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando el código «PS PPL 25 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por participación en este proceso selectivo durante el
plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de
la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
e) Certificado de discapacidad emitido por el órgano correspondiente, en su caso.
3.4. Estarán exentas del pago de los derechos de participación:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha del periodo de solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317605
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 4002/4
accesible desde la propia Sede Electrónica de la UCA https://sedelectronica.uca.es y
más concretamente en
https://sedelectronica.uca.es/procedimientos/?proc=499
La presentación electrónica de la solicitud requiere el uso del certificado digital de
la persona interesada. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud y aportados los
documentos requeridos, la solicitud deberá ser firmada electrónicamente. Posteriormente,
se deberá pulsar el botón de «Presentar», obteniéndose entonces un recibo en el que
figurará el código de registro, fecha y hora de presentación. La obtención de dicho recibo
será documento justificativo de la presentación de la solicitud por la persona interesada,
por lo que ésta no podrá entender que ha concluido el trámite de presentación de la
solicitud si no ha finalizado el mismo con la obtención del citado recibo.
Habiéndose establecido expresamente formulario de participación, este será de uso
obligatorio por las personas interesadas. La no cumplimentación del formulario en el
tiempo y en la forma descrita o la falta de firma del formulario supondrá la inadmisión de
la persona aspirante.
Las personas que opten a más de una plaza deberán presentar solicitud independiente
para cada una de ellas, salvo que se trate de plazas de la misma especialidad de
conocimiento, en cuyo caso bastará con una sola solicitud y documentación acreditativa.
En estos supuestos, deberán quedar identificadas en la solicitud las plazas a que se
concursa, especificando el número de plaza indicado en el Anexo I de plazas convocadas.
Las plazas indicadas para el cupo de discapacidad en el Anexo I, podrán ser
solicitadas indistintamente por aquellos aspirantes tengan o no la consideración de
discapacitados. De no haber solicitantes que superen el proceso selectivo del cupo de
discapacidad, se cubrirán las plazas por los aspirantes del cupo general conforme al
apartado 7.1 de las presentes bases.
En aplicación del apartado 1 de la disposición transitoria primera del Real
Decreto 678/2023, de 18 de julio, las referencias a especialidades de conocimiento se
entienden realizadas en este momento a las áreas de conocimiento relacionadas en el
Anexo I del Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre.
3.3. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:
a) Copia del Documento Nacional de Identidad; Pasaporte; Número de Identidad de
Extranjero o Tarjeta de Identidad de Extranjero, en vigor.
b) Copia del título académico de Doctor o Doctora o de la justificación acreditativa de
haber solicitado el título y abonado los correspondientes derechos para su obtención.
c) Copia de la evaluación positiva de su actividad por parte de la Agencia Nacional de
Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) o de la Agencia de Calidad Andaluza.
d) Resguardo acreditativo del abono de las tasas de participación en el proceso,
que serán de 30 euros. Se ingresarán en la cuenta corriente número ES69-0049-487086-2816096467, abierta en el Banco Santander a nombre de «Universidad de Cádiz»,
indicando el código «PS PPL 25 + nombre de la persona aspirante».
La falta de pago de la tasa por participación en este proceso selectivo durante el
plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de
la persona aspirante. En ningún caso la presentación y pago en la entidad bancaria
supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
e) Certificado de discapacidad emitido por el órgano correspondiente, en su caso.
3.4. Estarán exentas del pago de los derechos de participación:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud el certificado en vigor acreditativo de tal condición expedido por el órgano
competente.
b) Las personas desempleadas durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la
fecha de publicación de esta convocatoria, debiendo aportar vida laboral actualizada a
fecha del periodo de solicitud.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317605
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía