3. Otras disposiciones. . (2025/66-29)
Acuerdo de 2 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara de utilidad pública en Andalucía al Club Náutico Roquetas de Mar (Almería).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4866/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Acuerdo de 2 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara
de utilidad pública en Andalucía al Club Náutico Roquetas de Mar (Almería).
En virtud del artículo 72.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a la
Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deportes y de actividades de
tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de estas actividades,
así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades deportivas.
La declaración de utilidad pública en Andalucía aparece regulada en el artículo 53 de la
Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, y en el artículo 18 del Decreto 41/2022,
de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la
estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
Con fecha 19 de noviembre de 2024, el Club Náutico Roquetas de Mar presenta una
solicitud de declaración de utilidad pública autonómica, siendo incoado el correspondiente
procedimiento mediante Acuerdo de la Dirección General de Sistemas y Valores del
Deporte, de 25 de noviembre de 2024, que igualmente emitió informe-propuesta favorable
a la declaración con fecha 24 de marzo de 2025.
Analizada la documentación que conforma el expediente, queda acreditado que
se cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la legislación vigente,
pudiéndose concluir que los fines estatutarios del Club Náutico Roquetas de Mar
promueven el desarrollo y la práctica continuada de la actividad deportiva, las actividades
son realizadas en cumplimiento de sus fines sociales y se encuentran abiertas no solo
a los socios, sino a cualquier otro beneficiario que reúna las condiciones exigidas por
la índole de los propios fines del club. Por todo ello, resulta oportuno declarar al Club
Náutico Roquetas de Mar de utilidad pública en Andalucía, con los efectos que señala el
artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Deporte, conforme a lo
dispuesto en el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía,
el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión
del día 2 de abril de 2025,
ACUERDO
Primero. Declarar de utilidad pública en Andalucía al Club Náutico Roquetas de Mar
(Almería), con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del
Deporte de Andalucía.
Segundo. Este acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de abril de 2025
Presidente de la Junta de Andalucía
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00318468
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 66 - Lunes, 7 de abril de 2025
página 4866/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Acuerdo de 2 de abril de 2025, del Consejo de Gobierno, por el que se declara
de utilidad pública en Andalucía al Club Náutico Roquetas de Mar (Almería).
En virtud del artículo 72.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, corresponde a la
Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deportes y de actividades de
tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de estas actividades,
así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades deportivas.
La declaración de utilidad pública en Andalucía aparece regulada en el artículo 53 de la
Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía, y en el artículo 18 del Decreto 41/2022,
de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se establece la
estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
Con fecha 19 de noviembre de 2024, el Club Náutico Roquetas de Mar presenta una
solicitud de declaración de utilidad pública autonómica, siendo incoado el correspondiente
procedimiento mediante Acuerdo de la Dirección General de Sistemas y Valores del
Deporte, de 25 de noviembre de 2024, que igualmente emitió informe-propuesta favorable
a la declaración con fecha 24 de marzo de 2025.
Analizada la documentación que conforma el expediente, queda acreditado que
se cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la legislación vigente,
pudiéndose concluir que los fines estatutarios del Club Náutico Roquetas de Mar
promueven el desarrollo y la práctica continuada de la actividad deportiva, las actividades
son realizadas en cumplimiento de sus fines sociales y se encuentran abiertas no solo
a los socios, sino a cualquier otro beneficiario que reúna las condiciones exigidas por
la índole de los propios fines del club. Por todo ello, resulta oportuno declarar al Club
Náutico Roquetas de Mar de utilidad pública en Andalucía, con los efectos que señala el
artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Deporte, conforme a lo
dispuesto en el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía,
el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión
del día 2 de abril de 2025,
ACUERDO
Primero. Declarar de utilidad pública en Andalucía al Club Náutico Roquetas de Mar
(Almería), con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del
Deporte de Andalucía.
Segundo. Este acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 2 de abril de 2025
Presidente de la Junta de Andalucía
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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JUAN MANUEL MORENO BONILLA