3. Otras disposiciones. . (2025/65-30)
Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia de la Directora General de Gestión Económica y Servicios para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco, con una única empresa, por el que se fijan las condiciones para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario para la adquisición de vacunas frente a rotavirus (RV), destinadas al programa de vacunaciones de Andalucía (PVA), y se delegan en las personas titulares de las direcciones gerencias de los distintos hospitales de referencia en cada una de las provincias andaluzas.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 65 - Viernes, 4 de abril de 2025
página 4784/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SALUD Y CONSUMO
Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Dirección Gerencia del Servicio
Andaluz de Salud, por la que se avoca la competencia de la Directora General de
Gestión Económica y Servicios para la adjudicación de los contratos basados en
el acuerdo marco, con una única empresa, por el que se fijan las condiciones para
el suministro de tracto sucesivo y precio unitario para la adquisición de vacunas
frente a rotavirus (RV), destinadas al programa de vacunaciones de Andalucía
(PVA), y se delegan en las personas titulares de las direcciones gerencias de los
distintos hospitales de referencia en cada una de las provincias andaluzas.
La Dirección General de Asistencia Sanitaria y Resultados en Salud del Servicio Andaluz
de Salud propone la celebración de un acuerdo marco, con una única empresa, por el
que se fijan las condiciones para el suministro de tracto sucesivo y precio unitario para la
adquisición de las vacunas frente a Rotavirus (RV), destinadas al programa de vacunación
de Andalucía (PVA).
Se propone como procedimiento idóneo para ello el acuerdo marco, por entender que
es el mejor sistema a efectos de racionalización de la contratación de estas vacunas por
parte del SAS, puesto que permite simplificar el procedimiento de contratación pública
y lograr una mayor eficiencia en la tramitación de los expedientes de contratación, al
tratarse de productos de uso común para todos los centros sanitarios, lo que supone
armonizar en todos los centros las condiciones de adquisición de estas vacunas
destinadas a la población pediátrica establecida en el calendario oficial, así como velar
por el cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria y control del gasto,
llevando a cabo una eficiente utilización de los fondos públicos.
De este acuerdo marco derivarán contratos basados en él, que se celebrarán con la
empresa adjudicataria y los órganos provinciales con competencia delegada en materia
de contratación, para la realización de las adquisiciones de las vacunas frente a Rotavirus
(RV) destinada al Programa de Vacunaciones de Andalucía.
La competencia en los Servicios Centrales, para la contratación administrativa
tramitada en aplicación de los sistemas de racionalización, tales como el acuerdo marco
con un único empresario, es, de conformidad con la Resolución de 20 de enero de
2022, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, por la que se delegan
competencias en diferentes órganos, del Director General de Gestión Económica y
Servicios. No obstante, razones de índole técnica y de eficiencia operativa aconsejan
que la ejecución material del suministro se realice, mediante la adjudicación de los
contratos basados en el acuerdo marco, que llevarán a cabo las personas titulares de
las Direcciones Gerencias de los distintos hospitales de referencia de cada una de las
provincias andaluzas, previa avocación y delegación de la competencia respectivamente.

RESU ELVO
Primero. Avocar las competencias de la Directora General de Gestión Económica y
Servicios para la adjudicación de los contratos basados en el acuerdo marco, con una
única empresa, por el que se fijan las condiciones para el suministro de tracto sucesivo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318386

Por lo expuesto, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 69 de la Ley
2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, en relación el Decreto 198/2024, de 3 de
septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y
Consumo, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 101 y 103 de la de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,