Autoridades y personal. . (2025/63-24)
Resolución de 26 de marzo de 2025, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de Secretaría de Diputación de Jaén, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Miércoles, 2 de abril de 2025
página 4558/3
En la solicitud se hará constar que la persona aspirante reúne todos y cada uno de
los requisitos exigidos en la convocatoria y que no incurre en ninguna de las causas
que impiden la participación en la misma. A la solicitud se acompañará una relación de
méritos profesionales y académicos, en la que conste la experiencia profesional, puestos
de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, años de servicio en puestos
de la Subescala de Secretaría, títulos académicos, cursos de formación recibidos y/o
impartidos, actividad docente, publicaciones, así como cualquier otro mérito que se
estime oportuno a efectos de su valoración. Los méritos alegados serán acreditados
mediante copias de los mismos, sin perjuicio de que los originales puedan ser requeridos
a efectos de su cotejo antes de la toma de posesión del puesto adjudicado.
Resolución de la convocatoria.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, y previa constatación de
la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, la Presidencia de la
Corporación dictará resolución de adjudicación en el plazo de un mes, dando cuenta al
Pleno de la Corporación. De dicha resolución se dará traslado a la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía así como al Ministerio
para la Transformación Digital y Función Pública, para su publicación en el Boletín Oficial
del Estado. La resolución será motivada con referencia al cumplimiento de los requisitos
y especificaciones exigidos en la convocatoria por parte de la persona que resulte
adjudicataria; de la competencia para proceder a su nombramiento, y de la observancia
del procedimiento debido.
Plazo posesorio.
El plazo de toma de posesión será el que se establece en el artículo 41 del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
00318160
Regulación supletoria e Impugnaciones.
En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación el Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo. La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto
a que se refieren estas Bases, comporta la aceptación íntegra de las mismas. Las
bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las
actuaciones que se lleven a cabo, podrán ser impugnados por las personas interesadas
en los casos y formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 63 - Miércoles, 2 de abril de 2025
página 4558/3
En la solicitud se hará constar que la persona aspirante reúne todos y cada uno de
los requisitos exigidos en la convocatoria y que no incurre en ninguna de las causas
que impiden la participación en la misma. A la solicitud se acompañará una relación de
méritos profesionales y académicos, en la que conste la experiencia profesional, puestos
de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, años de servicio en puestos
de la Subescala de Secretaría, títulos académicos, cursos de formación recibidos y/o
impartidos, actividad docente, publicaciones, así como cualquier otro mérito que se
estime oportuno a efectos de su valoración. Los méritos alegados serán acreditados
mediante copias de los mismos, sin perjuicio de que los originales puedan ser requeridos
a efectos de su cotejo antes de la toma de posesión del puesto adjudicado.
Resolución de la convocatoria.
Terminado el plazo de presentación de solicitudes, y previa constatación de
la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, la Presidencia de la
Corporación dictará resolución de adjudicación en el plazo de un mes, dando cuenta al
Pleno de la Corporación. De dicha resolución se dará traslado a la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública de la Junta de Andalucía así como al Ministerio
para la Transformación Digital y Función Pública, para su publicación en el Boletín Oficial
del Estado. La resolución será motivada con referencia al cumplimiento de los requisitos
y especificaciones exigidos en la convocatoria por parte de la persona que resulte
adjudicataria; de la competencia para proceder a su nombramiento, y de la observancia
del procedimiento debido.
Plazo posesorio.
El plazo de toma de posesión será el que se establece en el artículo 41 del Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
00318160
Regulación supletoria e Impugnaciones.
En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación el Real Decreto 128/2018,
de 16 de marzo. La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto
a que se refieren estas Bases, comporta la aceptación íntegra de las mismas. Las
bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las
actuaciones que se lleven a cabo, podrán ser impugnados por las personas interesadas
en los casos y formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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