3. Otras disposiciones. . (2025/62-29)
Resolución de 18 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Almería, por la que se concede autorización administrativa previa y de construcción y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto que se cita, sito en los términos municipales de Cuevas del Almanzora y Vera (Almería). (PP. 609/2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 62 - Martes, 1 de abril de 2025

página 4145/6

Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los
términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento,
paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio
público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público,
propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas
de servidumbre pública.
Tercero. Acordar que estas instalaciones deberán ser cedidas a la empresa
distribuidora de la zona autorizándose la transmisión de dichas instalaciones una vez
finalizadas.
Una vez ejecutada la instalación y aportado el documento de cesión a la empresa
suministradora, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 del Real Decreto 1048/2013,
de 27 de diciembre, y así como en los artículos 133 y 134 del Real Decreto 1955/2000, de
1 de diciembre, se otorgará autorización de explotación a favor de la Empresa Distribuidora
correspondiente.
Cuarto. Esta autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, condicionada al
cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. El plazo máximo para solicitar la autorización de explotación será de dos años,
contados a partir de la notificación de la presente resolución, comunicando la terminación
de las obras a esta Delegación Territorial. Transcurrido el plazo para la solicitud
para la autorización de explotación de la instalación sin que se haya presentado la
documentación, se procederá a la revocación de la presente autorización.
2. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las
variaciones que en su caso se soliciten y autoricen, teniendo en cuenta lo establecido
en el art. 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y de conformidad con
los condicionados emitidos por las Administraciones, organismos, empresas de servicio
público o de interés general, y en particular los establecidos por los órganos competentes
en materias medio ambiental, urbanística y de ordenación del territorio.
3. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos
vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
4. La Administración dejará sin efecto la presente autorización en cualquier momento
en que constate el incumplimiento de las condiciones impuestas en la misma y/o la
pérdida de los permisos de acceso y conexión a la red de la instalación que han sido
preceptivos para concederla. En tales supuestos la Administración, previo el oportuno
expediente, acordará la revocación de la autorización, con todas las consecuencias de
orden administrativo y civil que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
5. La caducidad de la Autorización Ambiental Unificada de la instalación será
condición suficiente para la revocación de esta autorización, por incumplimiento de las
condiciones y requisitos establecidos en la misma.

Sexto. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1955/2000, la presente
resolución se notificará a la entidad solicitante, a las Administraciones u organismos
públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Quinto. Estas Autorizaciones se otorgan en el ejercicio de las competencias de esta
Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía
y Minas en Almería y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones,
permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos
y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial, cuyos condicionantes
habrán de respetarse; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.