3. Otras disposiciones. . (2025/61-39)
Orden de 24 de marzo de 2025, por la que se autorizan actuaciones específicas en materia de memoria democrática en los municipios de Moclín (Granada) y Puebla de Guzmán (Huelva).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 61 - Lunes, 31 de marzo de 2025

página 4398/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Orden de 24 de marzo de 2025, por la que se autorizan actuaciones específicas
en materia de memoria democrática en los municipios de Moclín (Granada) y
Puebla de Guzmán (Huelva).

A NTECEDENTES
Con fecha 17 de enero de 2025, la Universidad de Granada remite comunicación por
la que informa que han recibido los restos óseos pertenecientes a un varón que han
aparecido casualmente tras una intervención arqueológica realizada en el Castillo de
Moclín (Granada) y que, por el estudio antropológico realizado y por los objetos materiales
que acompañaban a los mismos, corresponden a un contexto de memoria democrática.
Asimismo, con fecha 4 de febrero de 2025, el Ayuntamiento de Puebla de Guzmán
(Huelva) presenta solicitud de autorización para que se puedan llevar a cabo los trabajos
de identificación genética de unos restos óseos hallados en un osario que ha aparecido en
una zona adyacente al antiguo cementerio municipal y que, por el análisis antropológico
efectuado, corresponden a víctimas de la Guerra Civil y la Posguerra.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Primero. El artículo 8.1 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y
Democrática de Andalucía, dispone que la Consejería competente en materia de memoria
democrática llevará a cabo las actuaciones necesarias para recuperar e identificar los
restos de las víctimas desaparecidas.
Segundo. Resulta competente para dictar la presente orden, la persona titular de la
Consejería de Cultura y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la
Ley 2/2017, de 28 de marzo, que establece que las actividades dirigidas a la localización,
exhumación y, en su caso, la identificación de los restos de víctimas de la Guerra Civil y la
Posguerra deberán ser autorizadas por la Consejería competente en materia de memoria
democrática de acuerdo con los protocolos previstos en la ley y con las garantías y
procedimientos que se establezcan reglamentariamente.

Expuesto lo anterior, de conformidad con la propuesta de la persona titular de
la Viceconsejería de Cultura y Deporte de 18 de marzo de 2025, en el ejercicio de la
competencia atribuida por el artículo 46.4 de la y el artículo 8.3 de la Ley 2/2017, de 28 de
marzo, y demás normas de general aplicación,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00318001

Tercero. Conforme al procedimiento establecido en el artículo 7.1 del Decreto 334/2003,
de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la
memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas
durante la Guerra Civil Española y la Posguerra, el Comité Técnico de Coordinación
previsto en el mismo y regulado por Orden de 9 de julio 2013, acordó en las reuniones
de fechas 22 de abril de 2016 y 13 de febrero de 2025 la propuesta de las actuaciones
de identificación genética en los municipios de Moclín (Granada) y Puebla de Guzmán
(Huelva), respectivamente.