Autoridades y personal. . (2025/60-11)
Resolución de 24 de marzo de 2025, por la que se modifica la Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, y por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Auxiliar Administrativo/a, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas a las personas que se citan y se anuncia la apertura de audiencia previa para las personas aspirantes que se citan.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 60 - Viernes, 28 de marzo de 2025
página 4300/2
De conformidad con lo anterior y con lo establecido en las bases 11, 12 y 13 del
anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022 (BOJA extraordinario núm. 35, de
30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud,
por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los
procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas
básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de
la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los
centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, con correcciones de errores publicadas
en BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2023, BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023,
y BOJA núm. 80, de 28 de abril, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de
diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros
sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas
en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317903
establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de la
totalidad de las plazas ofertadas, la persona titular de la Dirección General competente en
materia de personal requerirá al Tribunal Calificador/Comisión de Selección una relación
complementaria con las personas aspirantes propuestas para su posible nombramiento
como personal estatutario, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que se produzca la renuncia de alguno de las personas aspirantes seleccionados,
tanto tácita como expresa, o que tenga lugar el fallecimiento de algunos de los aspirantes
seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión. b) Que alguna de las
personas propuestas no acredite los requisitos señalados en la base 4, en forma y plazo
establecidos en la base 11.3, o que del examen de dicha documentación se deduzca que
el aspirante carezca de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, en
cuyo caso se le dará audiencia; por la persona titular de la Dirección General competente
en materia de personal se dictará resolución por la que se acordará publicar la relación
complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible
nombramiento como personal estatutario fijo, las cuales deberán presentar la solicitud de
petición de centro de destino en la forma y términos establecidos en la base 11.
Habiendo aspirantes que no han realizado la toma de posesión de la plaza adjudicada
en el plazo establecido en la Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General
de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 26, de 7 de febrero), así como
aspirantes que no han presentado la documentación requerida por la citada resolución
de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud (BOJA núm. 43, de 5 de marzo), procede modificar dicha Resolución de 4 de febrero
de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA
núm. 26, de 7 de febrero), declararles decaídos y acudir a la relación complementaria de
los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal
estatutario fijo. Y ello en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que regula
que en el caso de existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban
perder los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser
nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de
entre los contenidos en la resolución por la que se acude a la relación complementaria
de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta Dirección General
de Personal. En aplicación de lo establecido en la mencionada base general 13.3, el
supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo
llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo
dispuesto en estas bases.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 60 - Viernes, 28 de marzo de 2025
página 4300/2
De conformidad con lo anterior y con lo establecido en las bases 11, 12 y 13 del
anexo de la Resolución de 21 de diciembre de 2022 (BOJA extraordinario núm. 35, de
30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud,
por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los
procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas
básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de
la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los
centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, con correcciones de errores publicadas
en BOJA núm. 59, de 28 de marzo de 2023, BOJA núm. 72, de 18 de abril de 2023,
y BOJA núm. 80, de 28 de abril, aprobadas mediante el Decreto 296/2021, de 28 de
diciembre (BOJA núm. 250, de 30 de diciembre), por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros
sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas
en virtud de lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317903
establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.8 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con el fin de asegurar la cobertura de la
totalidad de las plazas ofertadas, la persona titular de la Dirección General competente en
materia de personal requerirá al Tribunal Calificador/Comisión de Selección una relación
complementaria con las personas aspirantes propuestas para su posible nombramiento
como personal estatutario, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que se produzca la renuncia de alguno de las personas aspirantes seleccionados,
tanto tácita como expresa, o que tenga lugar el fallecimiento de algunos de los aspirantes
seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión. b) Que alguna de las
personas propuestas no acredite los requisitos señalados en la base 4, en forma y plazo
establecidos en la base 11.3, o que del examen de dicha documentación se deduzca que
el aspirante carezca de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, en
cuyo caso se le dará audiencia; por la persona titular de la Dirección General competente
en materia de personal se dictará resolución por la que se acordará publicar la relación
complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible
nombramiento como personal estatutario fijo, las cuales deberán presentar la solicitud de
petición de centro de destino en la forma y términos establecidos en la base 11.
Habiendo aspirantes que no han realizado la toma de posesión de la plaza adjudicada
en el plazo establecido en la Resolución de 4 de febrero de 2025, de la Dirección General
de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 26, de 7 de febrero), así como
aspirantes que no han presentado la documentación requerida por la citada resolución
de 27 de febrero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de
Salud (BOJA núm. 43, de 5 de marzo), procede modificar dicha Resolución de 4 de febrero
de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA
núm. 26, de 7 de febrero), declararles decaídos y acudir a la relación complementaria de
los aspirantes que sigan a los propuestos para su posible nombramiento como personal
estatutario fijo. Y ello en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que regula
que en el caso de existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban
perder los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser
nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de
entre los contenidos en la resolución por la que se acude a la relación complementaria
de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta Dirección General
de Personal. En aplicación de lo establecido en la mencionada base general 13.3, el
supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo
llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de conformidad con lo
dispuesto en estas bases.