Autoridades y personal. . (2025/59-12)
Resolución de 24 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 18 de febrero de 2025, y por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Técnico/a en Cuidados Auxiliares de Enfermería, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias, se declaran decaídas a las personas que se citan en su derecho a adquirir la condición de personal fijo, se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino y se inicia el plazo para solicitar destino.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Jueves, 27 de marzo de 2025

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de 2022, en desarrollo de la oferta de empleo público para la estabilización de empleo
temporal para 2021 en los centros sanitarios de las Agencias Públicas Empresariales
Sanitarias, se anuncia la publicación de dichas listas, se indica la relación de las plazas
que se ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse
inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de delincuentes sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de firma del contrato laboral para adquirir la
condición de personal fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de la
categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditarán mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato laboral para
adquirir la condición de personal fijo.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas
en la presente resolución deberá ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
De conformidad con lo establecido en la citada base 11, en estos supuestos se podrá
llevar a cabo la publicación del contratación de aquellos que hayan presentado en tiempo
y forma la documentación requerida, sin esperar a la presentación de documentación por
parte de los nuevos aspirantes que se propongan.
Sexto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el
apartado quinto, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.

Sevilla, 24 de marzo de 2025.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317844

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente demanda ante la jurisdicción laboral conforme al artículo 69 de la Ley
36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.