3. Otras disposiciones. . (2025/59-32)
Resolución de 12 de marzo de 2025, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Convenio entre la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, el Consorcio de Aguas del Huesna, el Ayuntamiento de Alcolea del Río y el Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas (provincia de Sevilla) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de Interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía de los municipios de Alcolea del Río y Villanueva del Río y Minas.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Jueves, 27 de marzo de 2025
página 4170/5
XIX. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
los instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de infraestructuras
de saneamiento y depuración serán los Convenios de colaboración entre la Consejería
competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo previsto en el
artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se desarrollarán
conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XX. Que, por el Consorcio en Junta General, en sesión celebrada el día 26 de
diciembre de 2024, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio y
se autoriza a su Vicepresidente, don José María Villalobos Ramos, a la firma del mismo.
XXI. Que, por el Ayuntamiento de Alcolea del Río en Pleno, en sesión celebrada el
día 20 de noviembre de 2024, se aprueba en todos sus términos el texto del presente
Convenio de colaboración y se autoriza a su Alcalde, don José Raimundo López González
a la firma del mismo.
XXII. Que, por el Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas en Pleno, en sesión
celebrada el día 30 de noviembre de 2023, se aprueba en todos sus términos el texto del
presente Convenio de colaboración y se autoriza a su Alcalde, don Miguel Ángel Barrios
González a la firma del mismo.
XXIII. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los
ciudadanos en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas,
aspecto fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales
medidas, las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar
acciones de divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos,
alcance y contenido del presente Convenio.
Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo
con lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en
las Leyes Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de
Autonomía Local de Andalucía, y 9/2010, de Aguas de Andalucía, y demás normativa de
aplicación, las partes intervinientes, a través de las representaciones indicadas, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes:
Primera. Objeto del Convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
es objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, el Consorcio de Aguas del Huesna, el
Ayuntamiento de Alcolea del Río y el Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas, para la
construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de
depuración declaradas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía por Acuerdo
de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2010, de los municipios de Alcolea del Río
y Villanueva del Río y Minas.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente Convenio son Agrupaciones de vertidos
y sendas EDAR de Alcolea del Río y Villanueva del Río, provincia de Sevilla (clave
A5.341.2009/2111) consistentes básicamente en las actuaciones necesarias para la
agrupación y depuración de las aguas residuales urbanas en los núcleos de Alcolea del
Río y Villanueva del Río, mediante un proceso biológico, con el fin de cumplir con los
parámetros de vertido que establece la normativa europea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317772
CL ÁUSUL AS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 59 - Jueves, 27 de marzo de 2025
página 4170/5
XIX. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
los instrumentos ordinarios de desarrollo y ejecución de la planificación de infraestructuras
de saneamiento y depuración serán los Convenios de colaboración entre la Consejería
competente en materia de aguas y las entidades locales, conforme a lo previsto en el
artículo 9 de la Ley de la Administración de la Junta de Andalucía y se desarrollarán
conforme a las estipulaciones recogidas en dicho artículo.
XX. Que, por el Consorcio en Junta General, en sesión celebrada el día 26 de
diciembre de 2024, se aprueba en todos sus términos el texto del presente Convenio y
se autoriza a su Vicepresidente, don José María Villalobos Ramos, a la firma del mismo.
XXI. Que, por el Ayuntamiento de Alcolea del Río en Pleno, en sesión celebrada el
día 20 de noviembre de 2024, se aprueba en todos sus términos el texto del presente
Convenio de colaboración y se autoriza a su Alcalde, don José Raimundo López González
a la firma del mismo.
XXII. Que, por el Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas en Pleno, en sesión
celebrada el día 30 de noviembre de 2023, se aprueba en todos sus términos el texto del
presente Convenio de colaboración y se autoriza a su Alcalde, don Miguel Ángel Barrios
González a la firma del mismo.
XXIII. Que, de acuerdo con la política general de información y difusión a los
ciudadanos en materia de medio ambiente y, más concretamente, en materia de aguas,
aspecto fuertemente resaltado por la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 23 de octubre de 2000, y por el impacto potencial que se prevé de tales
medidas, las Administraciones reunidas coinciden en la conveniencia de desarrollar
acciones de divulgación e información dirigidas a la población, sobre los objetivos,
alcance y contenido del presente Convenio.
Con base en todas las consideraciones expuestas, y en virtud de lo establecido en
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y de acuerdo
con lo preceptuado en la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y lo dispuesto en
las Leyes Autonómicas 9/2007, de Administración de la Junta de Andalucía, 5/2010, de
Autonomía Local de Andalucía, y 9/2010, de Aguas de Andalucía, y demás normativa de
aplicación, las partes intervinientes, a través de las representaciones indicadas, suscriben
el presente Convenio conforme a las siguientes:
Primera. Objeto del Convenio.
1.1. Conforme al artículo 31 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía,
es objeto del presente Convenio establecer el régimen de colaboración entre la Consejería
de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, el Consorcio de Aguas del Huesna, el
Ayuntamiento de Alcolea del Río y el Ayuntamiento de Villanueva del Río y Minas, para la
construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de
depuración declaradas de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía por Acuerdo
de Consejo de Gobierno de 26 de octubre de 2010, de los municipios de Alcolea del Río
y Villanueva del Río y Minas.
1.2. Las infraestructuras objeto del presente Convenio son Agrupaciones de vertidos
y sendas EDAR de Alcolea del Río y Villanueva del Río, provincia de Sevilla (clave
A5.341.2009/2111) consistentes básicamente en las actuaciones necesarias para la
agrupación y depuración de las aguas residuales urbanas en los núcleos de Alcolea del
Río y Villanueva del Río, mediante un proceso biológico, con el fin de cumplir con los
parámetros de vertido que establece la normativa europea.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317772
CL ÁUSUL AS