Autoridades y personal. . (2025/58-31)
Resolución de 20 de marzo de 2025, del Rector de la Universidad de Granada, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de contratos de Profesorado Permanente Laboral para personal investigador doctor que haya superado la evaluación del Programa I3 o que haya obtenido el Certificado R3.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 58 - Miércoles, 26 de marzo de 2025

página 4115/2

1. Plazas.
Las relacionadas como Anexo I de la presente resolución.

3. Solicitudes y documentación.
3.1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo podrán realizar su
inscripción en el plazo de diez días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de
la presente convocatoria en el BOJA, a través de la sede electrónica de la Universidad
de Granada, https://sede.ugr.es, utilizando el procedimiento electrónico «Concursos a
plazas docentes: Solicitud de admisión» disponible en dicha sede.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así
como en el Reglamento de administración electrónica de la Universidad de Granada
aprobado en Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada de 25 de marzo de 2021
y publicado en el BOJA de 6 de mayo de 2021, las personas solicitantes deberán realizar
los trámites relacionados con este procedimiento por medios electrónicos a través de la
sede electrónica de la Universidad de Granada.
Los datos personales recogidos en la solicitud de admisión y en el proceso serán
tratados con la única finalidad de la gestión de las pruebas selectivas y las comunicaciones
necesarias para ello. El nombre, apellidos y número del documento de identidad se
publicará en la forma que determina la disposición adicional séptima de la Ley Orgánica
3/2018, de 5 de diciembre, Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales. La Universidad de Granada tomará medidas para que esa información no sea
indexada por los buscadores de internet. La base legal para el tratamiento de estos datos
son las Leyes 39/2015, de 1 de octubre, y 40/2015, de 1 de octubre, y el texto refundido de la
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La Universidad de Granada es responsable
del tratamiento de esos datos y publica su política de protección de datos en https://
secretariageneral.ugr.es/pages/proteccion_datos. Los derechos de protección de datos
de los solicitantes se podrán ejercer dirigiéndose al responsable del tratamiento por vía
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317718

2. Características y requisitos.
2.1. Tipo de contrato: Profesorado Permanente Laboral, con contrato laboral fijo e
indefinido.
2.2. Edad: Haber cumplido 16 años y no superar la edad reglamentaria de jubilación.
2.3. Régimen de dedicación: Tiempo completo.
2.4. Horario: En jornada de mañana y/o tarde (a determinar por el Departamento).
2.5. Acreditación: Poseer la acreditación para Profesor Permanente Laboral o para
Profesor Contratado Doctor, emitida por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad
y Acreditación o la Agencia Andaluza del Conocimiento.
2.6 Requisito específico: Haber superado la evaluación del Programa I3 o haber
obtenido el Certificado R3.
2.7. Funciones: Las funciones serán tanto las docentes y de tutorías propias del
ámbito del conocimiento al que pertenece la plaza convocada, siendo concretadas por el
Departamento correspondiente, como la investigación.
2.8. Retribuciones: Serán las establecidas para la figura de Profesor Contratado Doctor
en el Convenio Colectivo del Personal Docente e Investigador Laboral de las Universidades
Públicas de Andalucía, publicado en el BOJA núm. 92, de 9 de mayo de 2008.
No podrán concurrir al presente concurso quienes hayan sido separados/as,
mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o se encuentren inhabilitados/as para el ejercicio de las funciones públicas o
padezcan enfermedad física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las
correspondientes funciones.
Los/as aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar
un conocimiento adecuado del castellano para el desempeño de la labor docente e
investigadora asignada en cada caso.