3. Otras disposiciones. . (2025/57-29)
Resolución de 13 de marzo de 2025, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se aprueba el procedimiento administrativo de desafectación parcial de la vía pecuaria denominada «Cañada del Pino Solete», a su paso por el Plan Parcial del suelo urbanizable sectorizado «Sector Geraldino» del PGOU de Jerez de la Frontera, en el término municipal de Jerez de la Frontera, provincia de Cádiz.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 57 - Martes, 25 de marzo de 2025

página 4082/2

A la vista de tales antecedentes son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Compete a la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad
la resolución del procedimiento de desafectación, en virtud de lo preceptuado en el
Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, y en el artículo 31 del Decreto 155/1998,
de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Segundo. Al presente acto administrativo le es de aplicación lo establecido en la
Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio
y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Tercero. Durante la instrucción del procedimiento, no se han presentado alegaciones.
Considerando que el procedimiento se ha instruido de conformidad con lo establecido
en la Ley 3/1995 de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, en el Decreto 155/1998, de 21
de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, y demás legislación aplicable.
Vista la propuesta favorable de desafectación parcial, formulada por la Delegación
Territorial en Cádiz de fecha 30 de marzo de 2024,

Primero. Aprobar el procedimiento de desafectación parcial de la vía pecuaria
denominada «Cañada del Pino Solete», en el tramo a su paso por el Plan Parcial «Sector
Geraldino» del PGOU vigente, en el término municipal de Jerez de la Frontera, provincia
de Cádiz, de conformidad con el Proyecto que figura anexo y con la descripción y las
siguientes características:
Longitud: 285 metros.
Anchura: 53,50 metros.
Descripción del tramo a desafectar.
El ámbito objeto de desafectación se sitúa en el «Sector Geraldino» que afecta a
Suelo Urbanizable Sectorizado del PGOU del término municipal de Jerez de la Frontera,
provincia de Cádiz, de forma más o menos rectangular y alargada, con una superficie
de 8.751 m², que linda con:
• En su inicio (Norte): Linda con el tramo de vía pecuaria, en suelo urbano consolidado
de actividades económicas.
• En su margen derecha (Oeste): Linda con el Sector de Suelo Urbanizable
«Pinosolete».
• En su margen izquierda (Este): Linda con los suelos urbanos consolidados de
equipamiento público, donde se sitúan los depósitos de agua municipales de
Montealegre y de la Avda. de Medina Sidonia.
• En su final (Sur): Linda con suelos del Sector Geraldino.
El tramo de desafectación discurre de Norte a Sur por la calle Hijuela del Solete,
desde las naves industriales situadas al sur del Puente de Cádiz en confluencia con
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317685

RESU ELVO