Autoridades y personal. . (2025/56-20)
Resolución de 7 de marzo de 2025, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso de acceso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios por promoción interna.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Lunes, 24 de marzo de 2025
página 4060/3
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional
de admitidos y excluidos se hará pública antes de los 30 días hábiles siguientes, con
indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante
exposición de las correspondientes listas en el tablón electrónico oficial de la Universidad
de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e Investigador) y, a título
informativo, en la siguiente dirección:
http://docentes.us.es
-Oferta de Empleo Público-Profesor Cuerpos Docentes LOSU-Convocatorias, y estará
condicionada a que, por parte de las correspondientes comisiones juzgadoras, se hayan
elaborado los criterios de valoración de los méritos de los candidatos y hayan sido
remitidos al Servicio de Programación Docente para su publicación. En dichos criterios
deberá valorarse, en todo caso, la experiencia docente y la experiencia investigadora,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317663
Protección de datos. Los datos personales recogidos en la solicitud de participación
del presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de
Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras
Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad
social y tributaria. En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en
el Reglamento General de Protección de Datos RGPD UE 2016/679, se informa a los
interesados de que la Universidad de Sevilla es responsable del tratamiento denominado
«Concursos del Personal Docente e Investigador», que tiene como finalidad la tramitación
de los concursos del PDI funcionario y laboral, la gestión de las convocatorias para la
selección, provisión de puestos de trabajo y promoción de la carrera profesional del
personal docente e investigador de la Universidad de Sevilla.
El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal, de una
misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a la Universidad
de Sevilla.
De acuerdo con la norma anteriormente citada, los interesados tienen derecho a
acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que pueden
consultarse, junto con una información adicional más detallada en el siguiente enlace:
https://osi.us.es/sites/osi/files/doc/cioposicionesconcursospdi.pdf
3.2. Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de
Sevilla, en concepto de derechos de examen, la cantidad de 40 euros. El ingreso o
transferencia bancaria deberá ser efectuado en el Banco Santander, en la cuenta
núm. ES77 0049.2588.71.2114241655 (núm. identificación: 750), con el título
Universidad de Sevilla, abierta en dicha entidad, haciéndose constar los siguientes
datos: Nombre y apellidos del interesado, DNI, y número de la plaza a la que se
concursa. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable, lo que determinará la exclusión del aspirante. En ningún
caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
Estarán exentos del pago:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la
solicitud certificado que acredite tal condición. Asimismo, deberá aportarse certificado
acreditativo de capacidad funcional para el desarrollo de las tareas como profesor,
acreditando su compatibilidad con las funciones de la plaza concreta a la que se opta.
b) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal
circunstancia con informe preceptivo de la institución correspondiente.
c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención
del 100% de la tasa, y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 56 - Lunes, 24 de marzo de 2025
página 4060/3
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, la relación provisional
de admitidos y excluidos se hará pública antes de los 30 días hábiles siguientes, con
indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante
exposición de las correspondientes listas en el tablón electrónico oficial de la Universidad
de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual - Personal Docente e Investigador) y, a título
informativo, en la siguiente dirección:
http://docentes.us.es
-Oferta de Empleo Público-Profesor Cuerpos Docentes LOSU-Convocatorias, y estará
condicionada a que, por parte de las correspondientes comisiones juzgadoras, se hayan
elaborado los criterios de valoración de los méritos de los candidatos y hayan sido
remitidos al Servicio de Programación Docente para su publicación. En dichos criterios
deberá valorarse, en todo caso, la experiencia docente y la experiencia investigadora,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317663
Protección de datos. Los datos personales recogidos en la solicitud de participación
del presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad de
Sevilla para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras
Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral y de seguridad
social y tributaria. En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en
el Reglamento General de Protección de Datos RGPD UE 2016/679, se informa a los
interesados de que la Universidad de Sevilla es responsable del tratamiento denominado
«Concursos del Personal Docente e Investigador», que tiene como finalidad la tramitación
de los concursos del PDI funcionario y laboral, la gestión de las convocatorias para la
selección, provisión de puestos de trabajo y promoción de la carrera profesional del
personal docente e investigador de la Universidad de Sevilla.
El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal, de una
misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos a la Universidad
de Sevilla.
De acuerdo con la norma anteriormente citada, los interesados tienen derecho a
acceder, rectificar y suprimir sus datos personales, así como a otros derechos que pueden
consultarse, junto con una información adicional más detallada en el siguiente enlace:
https://osi.us.es/sites/osi/files/doc/cioposicionesconcursospdi.pdf
3.2. Derechos de examen: Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de
Sevilla, en concepto de derechos de examen, la cantidad de 40 euros. El ingreso o
transferencia bancaria deberá ser efectuado en el Banco Santander, en la cuenta
núm. ES77 0049.2588.71.2114241655 (núm. identificación: 750), con el título
Universidad de Sevilla, abierta en dicha entidad, haciéndose constar los siguientes
datos: Nombre y apellidos del interesado, DNI, y número de la plaza a la que se
concursa. La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable, lo que determinará la exclusión del aspirante. En ningún
caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en
tiempo y forma de la solicitud.
Estarán exentos del pago:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acompañar a la
solicitud certificado que acredite tal condición. Asimismo, deberá aportarse certificado
acreditativo de capacidad funcional para el desarrollo de las tareas como profesor,
acreditando su compatibilidad con las funciones de la plaza concreta a la que se opta.
b) Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos, siempre y cuando se acredite tal
circunstancia con informe preceptivo de la institución correspondiente.
c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención
del 100% de la tasa, y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.