3. Otras disposiciones. . (2025/55-35)
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Secretaría General para el Turismo, por la que se revoca la delegación de competencias acordada mediante Resolución de 20 de septiembre de 2023, en favor de la persona titular de la Dirección General de Turismo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Viernes, 21 de marzo de 2025

página 3936/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE TURISMO Y ANDALUCÍA EXTERIOR
Resolución de 14 de marzo de 2025, de la Secretaría General para el Turismo,
por la que se revoca la delegación de competencias acordada mediante
Resolución de 20 de septiembre de 2023, en favor de la persona titular de la
Dirección General de Turismo.
El artículo 8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
establece que la competencia es irrenunciable y se ejercerá precisamente por los órganos
administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o
avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en esta u otras leyes.
El artículo 9.6 de la Ley 40/2015 establece que la delegación será revocable en
cualquier momento por el órgano que la haya conferido.
La Secretaría General para el Turismo emitió la Resolución de 20 de septiembre
de 2023, por la que se delegó la competencia relativa al ejercicio de la presidencia de
las comisiones de seguimiento de los convenios de colaboración mediante los que se
articulan los Planes Turísticos de Grandes Ciudades de Andalucía, en la persona titular
de la Dirección General de Turismo.
La posterior aprobación del Decreto 238/2024, de 12 de noviembre, por el que se
modifica el Decreto 166/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Turismo y Andalucía Exterior, que modifica la Dirección
General de Turismo para pasar a denominarla Dirección General de Ordenación Turística
y atribuirle nuevas competencias, y crea un nuevo órgano directivo central denominado
Dirección General de Promoción y Fomento del Turismo, aconseja revocar la competencia
delegada en la Dirección General de Turismo recuperándolas para sí la persona titular de
la Secretaría General para el Turismo.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y en el 102 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de
la Administración de la Junta de Andalucía,
RESU ELVO
Primero. Revocación de competencias.
Revocar la delegación de competencia hecha en favor de la persona titular de la
Dirección General de Turismo por Resolución de la Secretaría General para el Turismo de
fecha 20 de septiembre de 2023, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
número 185, de 26 de septiembre de 2023.
La competencia para ejercer la presidencia de las comisiones de seguimiento
de los convenios de colaboración mediante los que se articulan los Planes Turísticos
de Grandes Ciudades de Andalucía vuelve a ser asumida por la persona titular de la
Secretaría General para el Turismo.

Tercero. Entrada en vigor.
La presente resolución producirá sus efectos a partir de la fecha de publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de marzo de 2025.- La Secretaria General, Yolanda de Aguilar Rosell.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317539

Segundo. Publicación.
Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.