Disposiciones generales. . (2025/55-1)
Orden de 12 de marzo de 2025, por la que se hace pública la XXIX Convocatoria del Premio Andalucía de Medio Ambiente.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Viernes, 21 de marzo de 2025
página 3749/2
BASES
Segunda. Candidaturas.
1. Podrán optar al Premio Andalucía de Medio Ambiente las personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, que se hayan distinguido por su labor o el desarrollo de
iniciativas innovadoras en la conservación, protección, difusión o sensibilización del
medio ambiente, desarrollada directa o indirectamente en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
2. A estos efectos, las candidaturas podrán basarse en cualquier actividad relacionada
con las modalidades objeto de la convocatoria realizada hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317354
Primera. Modalidades.
1. Se establecen las siguientes modalidades del Premio:
a) Conservación, Medio Natural y Desarrollo Sostenible: Dirigida a reconocer a
aquellos trabajos, actuaciones o iniciativas andaluzas destinadas a la conservación del
medio natural y que propicien al mismo tiempo el desarrollo sostenible de Andalucía.
b) Biodiversidad: Dirigida al reconocimiento de desarrollo de trabajos o proyectos que
impulsen la preservación de la biodiversidad terrestre o marina mediante la sostenibilidad
de los hábitats, las especies de fauna y flora y los ecosistemas, la diversidad biológica o
la geodiversidad de Andalucía.
c) Sostenibilidad y Medio Ambiente Urbano: Dirigida a aquellas corporaciones
locales (ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades, etc.) que desarrollen trabajos o
proyectos que impulsen valores de sostenibilidad ambiental y medio ambiente urbano en
su entorno, tanto en medio rural como urbano, incluyendo los espacios naturales.
d) Cambio Climático: Dirigida a reconocer a aquellos trabajos, actuaciones o
iniciativas andaluzas que fomenten el uso racional de los recursos naturales y de la
energía, la adopción de medidas de adaptación o mitigación frente al cambio climático
o que desarrollen proyectos innovadores para mejorar la sostenibilidad en entornos
urbanos, así como a aquellas que promuevan el tránsito hacia una economía baja en
emisiones.
e) Economía Circular: Dirigida a reconocer a aquellos trabajos, actuaciones o
iniciativas andaluzas que promuevan el tránsito hacia una economía circular, mediante
la reducción y valorización de los residuos, la reutilización de los productos y el reciclaje.
f) Caza Sostenible: Dirigida a reconocer la actividad cinegética y su contribución
a la sostenibilidad del medio natural, en todos sus ámbitos, económico, social, y
medioambiental, destacando su papel como custodios del territorio y garantes de la
biodiversidad.
g) Educación y Sensibilidad Ambiental: dirigida al reconocimiento del compromiso y de
la sólida trayectoria manifestadas en proyectos o actuaciones destacadas y continuadas
en el tiempo relacionadas con la promoción y defensa del medio ambiente en Andalucía,
centradas en potenciar valores ambientales empleando programas educativos o de
voluntariado, entre otros.
h) Compromiso Ambiental: Dirigida a reconocer a la dedicación, esfuerzo y
compromiso de trayectorias personales dedicadas al conocimiento, defensa y mejora del
medio ambiente en Andalucía, así como a la realización de proyectos o iniciativas únicas
y excepcionales con este fin.
2. Cada candidatura solo podrá optar a una de las modalidades del Premio. No
obstante, si la candidatura presentada no especifica la modalidad a la que se presenta, el
jurado podrá optar bien por incluirla en una modalidad o bien por excluirla en el caso de
que no cumpla los requisitos exigidos en el concurso. A juicio del Jurado, y teniendo en
cuenta las características del proyecto presentado, las candidaturas podrán incluirse en
una modalidad distinta a aquella a la que haya sido presentada.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Viernes, 21 de marzo de 2025
página 3749/2
BASES
Segunda. Candidaturas.
1. Podrán optar al Premio Andalucía de Medio Ambiente las personas físicas o
jurídicas, públicas o privadas, que se hayan distinguido por su labor o el desarrollo de
iniciativas innovadoras en la conservación, protección, difusión o sensibilización del
medio ambiente, desarrollada directa o indirectamente en la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
2. A estos efectos, las candidaturas podrán basarse en cualquier actividad relacionada
con las modalidades objeto de la convocatoria realizada hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317354
Primera. Modalidades.
1. Se establecen las siguientes modalidades del Premio:
a) Conservación, Medio Natural y Desarrollo Sostenible: Dirigida a reconocer a
aquellos trabajos, actuaciones o iniciativas andaluzas destinadas a la conservación del
medio natural y que propicien al mismo tiempo el desarrollo sostenible de Andalucía.
b) Biodiversidad: Dirigida al reconocimiento de desarrollo de trabajos o proyectos que
impulsen la preservación de la biodiversidad terrestre o marina mediante la sostenibilidad
de los hábitats, las especies de fauna y flora y los ecosistemas, la diversidad biológica o
la geodiversidad de Andalucía.
c) Sostenibilidad y Medio Ambiente Urbano: Dirigida a aquellas corporaciones
locales (ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades, etc.) que desarrollen trabajos o
proyectos que impulsen valores de sostenibilidad ambiental y medio ambiente urbano en
su entorno, tanto en medio rural como urbano, incluyendo los espacios naturales.
d) Cambio Climático: Dirigida a reconocer a aquellos trabajos, actuaciones o
iniciativas andaluzas que fomenten el uso racional de los recursos naturales y de la
energía, la adopción de medidas de adaptación o mitigación frente al cambio climático
o que desarrollen proyectos innovadores para mejorar la sostenibilidad en entornos
urbanos, así como a aquellas que promuevan el tránsito hacia una economía baja en
emisiones.
e) Economía Circular: Dirigida a reconocer a aquellos trabajos, actuaciones o
iniciativas andaluzas que promuevan el tránsito hacia una economía circular, mediante
la reducción y valorización de los residuos, la reutilización de los productos y el reciclaje.
f) Caza Sostenible: Dirigida a reconocer la actividad cinegética y su contribución
a la sostenibilidad del medio natural, en todos sus ámbitos, económico, social, y
medioambiental, destacando su papel como custodios del territorio y garantes de la
biodiversidad.
g) Educación y Sensibilidad Ambiental: dirigida al reconocimiento del compromiso y de
la sólida trayectoria manifestadas en proyectos o actuaciones destacadas y continuadas
en el tiempo relacionadas con la promoción y defensa del medio ambiente en Andalucía,
centradas en potenciar valores ambientales empleando programas educativos o de
voluntariado, entre otros.
h) Compromiso Ambiental: Dirigida a reconocer a la dedicación, esfuerzo y
compromiso de trayectorias personales dedicadas al conocimiento, defensa y mejora del
medio ambiente en Andalucía, así como a la realización de proyectos o iniciativas únicas
y excepcionales con este fin.
2. Cada candidatura solo podrá optar a una de las modalidades del Premio. No
obstante, si la candidatura presentada no especifica la modalidad a la que se presenta, el
jurado podrá optar bien por incluirla en una modalidad o bien por excluirla en el caso de
que no cumpla los requisitos exigidos en el concurso. A juicio del Jurado, y teniendo en
cuenta las características del proyecto presentado, las candidaturas podrán incluirse en
una modalidad distinta a aquella a la que haya sido presentada.