3. Otras disposiciones. . (2025/55-37)
Corrección de errores de la Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, por la que se regula el formato del número identificativo de la vivienda previsto en el artículo 36.4.d) del Reglamento de Vivienda Protegida de Andalucía, aprobado por Decreto 149/2006, de 25 de julio (BOJA núm. 47, de 11.3.2025).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Viernes, 21 de marzo de 2025
página 3998/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Corrección de errores de la Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección
General de Vivienda y Regeneración Urbana, por la que se regula el formato del
número identificativo de la vivienda previsto en el artículo 36.4.d) del Reglamento
de Vivienda Protegida de Andalucía, aprobado por Decreto 149/2006, de 25 de
julio (BOJA núm. 47, de 11.3.2025).
Advertido error en la Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Vivienda y Regeneración Urbana, por la que se regula el formato del número identificativo
de la vivienda previsto en el artículo 36.4.d) del Reglamento de Vivienda Protegida de
Andalucía, aprobado por Decreto 149/2006, de 25 de julio, BOJA núm. 47, de 11 de
marzo de 2025, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento,
de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos
existentes en sus actos, se procede a realizar la siguiente corrección:
En el resuelvo primero, párrafo segundo,
Donde dice:
El número identificativo de la vivienda estará compuesto por quince dígitos, en el
siguiente orden: Cinco corresponderán al código INE del municipio; cuatro, al año que
se refiere la promoción; tres, al número de expedientes del año; y tres, al número de
viviendas de la promoción.
00317601
Debe decir:
El número identificativo de la vivienda estará compuesto por quince dígitos, en el
siguiente orden: Cinco corresponderán al código INE del municipio; cuatro, al año al que
se refiere la promoción; tres, al número del expediente asignado a la promoción; y tres, al
número de la vivienda dentro de la promoción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 55 - Viernes, 21 de marzo de 2025
página 3998/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Corrección de errores de la Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección
General de Vivienda y Regeneración Urbana, por la que se regula el formato del
número identificativo de la vivienda previsto en el artículo 36.4.d) del Reglamento
de Vivienda Protegida de Andalucía, aprobado por Decreto 149/2006, de 25 de
julio (BOJA núm. 47, de 11.3.2025).
Advertido error en la Resolución de 4 de marzo de 2025, de la Dirección General de
Vivienda y Regeneración Urbana, por la que se regula el formato del número identificativo
de la vivienda previsto en el artículo 36.4.d) del Reglamento de Vivienda Protegida de
Andalucía, aprobado por Decreto 149/2006, de 25 de julio, BOJA núm. 47, de 11 de
marzo de 2025, de acuerdo con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
que establece que las Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento,
de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos
existentes en sus actos, se procede a realizar la siguiente corrección:
En el resuelvo primero, párrafo segundo,
Donde dice:
El número identificativo de la vivienda estará compuesto por quince dígitos, en el
siguiente orden: Cinco corresponderán al código INE del municipio; cuatro, al año que
se refiere la promoción; tres, al número de expedientes del año; y tres, al número de
viviendas de la promoción.
00317601
Debe decir:
El número identificativo de la vivienda estará compuesto por quince dígitos, en el
siguiente orden: Cinco corresponderán al código INE del municipio; cuatro, al año al que
se refiere la promoción; tres, al número del expediente asignado a la promoción; y tres, al
número de la vivienda dentro de la promoción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja