3. Otras disposiciones. . (2025/54-23)
Resolución de 17 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz, por la que se regula el acceso con embarcaciones al Monumento Natural de la Punta del Boquerón y a la Isla de Sancti Petri del término municipal de San Fernando (Cádiz), dentro del Parque Natural Bahía de Cádiz.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Jueves, 20 de marzo de 2025

página 3912/3

Establece el PORN en su apartado 8.3.4.6 relativo a las Actividades de Uso Público,
Turismo Activo y Ecoturismo, que la persona titular de la Delegación Territorial de Cádiz
de la Consejería competente en materia de medio ambiente, podrá, mediante resolución
limitar el acceso y uso de los equipamientos básicos o el acceso a cualquier camino o
zona terrestre o marina, establecer cupos o limitar fechas y horarios para el desarrollo de
cualquier actividad, por alguna de las siguientes causas:
a) Cuando la presión de la demanda sobrepase la capacidad de acogida de los
equipamientos o comprometa la calidad y seguridad de la visita.
b) Por fenómenos naturales imprevistos o para evitar los riesgos de incendio durante
los períodos de sequía.
c) Por cualquier otra circunstancia que pudiera poner en peligro hábitats o recursos
objeto de la política de conservación del espacio natural protegido o de las especies de la
flora y la fauna silvestres, o inferir riesgos para las personas visitantes.
d) Por obras de reforma o trabajos de mantenimiento de equipamientos de uso
público, siempre que estos sean de su titularidad.
Por otra parte en el apartado 4.2.4 del PRUG, relativo a las Actividades de Uso
Público,Turismo Activo y Ecoturismo, establece en su punto 2. Condiciones particulares
para la realización de actividades de uso público, turismo activo o ecoturismo que, a)
Mediante orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de medio
ambiente se establecerán en relación con las distintas actividades de uso público, turismo
activo y ecoturismo que se pueden desarrollar en el Parque Natural, las obligaciones y
condiciones específicas que se consideren necesarias para garantizar que el desarrollo
de dichas actividades sea compatible con la seguridad de las personas, la conservación
de los valores naturales, las especies silvestres o sus hábitats, la geodiversidad o
interfieran en la reproducción u otros procesos biológicos esenciales de aquéllas. Sin
perjuicio de lo anterior en los siguientes apartados se establecen condiciones específicas
para el desarrollo de determinadas actividades.
Vista la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de los
Espacios Naturales Protegidos y se establecen medidas adicionales para su protección,
y el Decreto 130/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de
los Recursos Naturales (PORN) y el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural
Bahía de Cádiz (PRUG) y se precisan los límites del citado Parque Natural, y en virtud
las competencias atribuidas por el Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente y el
Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de
diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración
de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, y en el uso de las atribuciones que me corresponden como Delegado
Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Cádiz, de la Consejería
de Sostenibilidad y Medio Ambiente,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317516

Cuarto. Los terrenos sobre los que se dicta esta resolución tienen condición de bienes
del dominio público marítimo-terrestre, según deslinde DL-44-CA (O.M. de 28.12.2001).
Por ello le es de aplicación lo regulado en la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, la
Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del litoral y de modificación
de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, el Real Decreto 876/2014, de 10 de octubre,
por el que se aprueba el Reglamento General de Costas, la Ley 39/2015, de 2 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y demás
legislación aplicable al caso. Así mismo, le es de aplicación el Real Decreto 62/2011,
de 21 de enero, se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a la
Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación y gestión del litoral.