5. Anuncios. . (2025/54-50)
Acuerdo de 17 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación por edicto de la resolución en materia de régimen de relaciones familiares.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Jueves, 20 de marzo de 2025
página 3898/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Acuerdo de 17 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación
por edicto de la resolución en materia de régimen de relaciones familiares.
Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
en Córdoba por la que se ordena la notificación por edicto de la resolución en materia
de régimen de relaciones familiares en relación al (DPCO)352-2010-00006304-1 a la
progenitora con DNI 46619101X, con respecto a LM.C.S. Contra esta resolución podrá
formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de Córdoba, por los
trámites que establecen los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que
sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo
establecido en el art. 780 de la citada ley procesal.
Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia,
los interesados podrán solicitar ante el Ilustre colegio de abogados de esta localidad el
reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996,
de 10 de enero, el cual comprende, ente sus prestaciones la defensa y representación
gratuita por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de
estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el
solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada ley, se le reconocerá
tal derecho de gratuidad.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que
puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial
de Inclusión Social, Juventud, Familiase Igualdad, sito en C/ Blanco Soler, 4, de Córdoba,
para la notificación del citado trámite de audiencia en un plazo de diez días desde la
presente publicación.
00317501
Córdoba, 17 de marzo de 2025.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 54 - Jueves, 20 de marzo de 2025
página 3898/1
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5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, JUVENTUD, FAMILIAS
E IGUALDAD
Acuerdo de 17 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Inclusión Social,
Juventud, Familias e Igualdad en Córdoba, por el que se ordena la notificación
por edicto de la resolución en materia de régimen de relaciones familiares.
Acuerdo de la Delegación Territorial de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
en Córdoba por la que se ordena la notificación por edicto de la resolución en materia
de régimen de relaciones familiares en relación al (DPCO)352-2010-00006304-1 a la
progenitora con DNI 46619101X, con respecto a LM.C.S. Contra esta resolución podrá
formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de Córdoba, por los
trámites que establecen los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que
sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo
establecido en el art. 780 de la citada ley procesal.
Para la formulación de la citada oposición ante el Juzgado de Primera Instancia,
los interesados podrán solicitar ante el Ilustre colegio de abogados de esta localidad el
reconocimiento del derecho a la asistencia jurídica gratuita regulado en la Ley 1/1996,
de 10 de enero, el cual comprende, ente sus prestaciones la defensa y representación
gratuita por abogado y procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de
estos profesionales sea legalmente preceptiva, como ocurre en el presente supuesto. Si el
solicitante cumpliera los requisitos que para ello establece la citada ley, se le reconocerá
tal derecho de gratuidad.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se le significa que
puede personarse en el Servicio de Protección de Menores de la Delegación Territorial
de Inclusión Social, Juventud, Familiase Igualdad, sito en C/ Blanco Soler, 4, de Córdoba,
para la notificación del citado trámite de audiencia en un plazo de diez días desde la
presente publicación.
00317501
Córdoba, 17 de marzo de 2025.- La Delegada, Dolores Sánchez Moreno.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja