Autoridades y personal. . (2025/53-15)
Resolución de 12 de marzo de 2025, del Rectorado de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso público de méritos para cubrir, mediante contrato laboral de carácter indefinido, plazas de Profesor Asociado Laboral.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3816/7
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad/pasaporte. En el caso de
extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar
autorización de residencia temporal.
b) Fotocopia del título académico.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico
que impida el desempeño de las correspondientes funciones. En caso de optar por el
cupo de discapacidad, deberán aportar certificado, expedido por el órgano competente
en esta materia, acreditativo de capacidad funcional para el desarrollo de las tareas de
Profesor Asociado, acreditando su compatibilidad con las funciones de la plaza concreta
a la que se opta.
d) Número de afiliación a la Seguridad Social.
e) Número de cuenta bancaria.
f) Una fotografía.
7.3. En el supuesto de que en el plazo señalado los aspirantes propuestos para su
contratación renuncien, no presenten la documentación citada en la base anterior o no
formalicen el contrato, se entenderá que desisten de la firma de este, y el Rector podrá
proponer para su contratación al siguiente de la lista de aspirantes con mayor puntuación.
Al nuevo aspirante se le avisará por correo electrónico y dispondrá de un plazo de cinco
días hábiles para la formalización del contrato.
7.4. El contrato laboral queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades,
a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
En este sentido, y de acuerdo con la disposición final primera de la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece que se podrá autorizar la
compatibilidad, cumplidas las restantes exigencias de la citada ley, para el desempeño
de un puesto de trabajo en la esfera docente como Profesor Universitario Asociado en
régimen de dedicación no superior a tiempo parcial.
7.5. Cuando el adjudicatario de un contrato renunciara al mismo dentro de los nueve
primeros meses desde su formalización, el Rector podrá proponer la contratación del
siguiente aspirante, de entre los valorados por la Comisión de Selección, según el orden
de prelación que figure en la correspondiente lista de aspirantes evaluados.
9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.
9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que la Universidad
de Almería, sita en Edificio de Gobierno Paraninfo, 3.ª planta, Ctra. Sacramento, s/n,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317420
8. Duración de los contratos
El contrato será de carácter indefinido con dedicación a tiempo parcial y podrá
desarrollar tareas docentes hasta el máximo establecido por la legislación vigente.
La finalidad del contrato será desarrollar tareas docentes aportando sus
conocimientos y experiencia profesional a la Universidad en aquellas materias en las
que esta experiencia resulte relevante. Dichas tareas docentes no podrán incluir el
desempeño de funciones estructurales de gestión y coordinación de títulos.
Será causa objetiva de extinción del contrato el cese de la actividad principal o
cuando dejen de existir necesidades docentes relacionadas con su ámbito profesional.
En el supuesto de cese de la actividad principal, la finalización del contrato se
producirá una vez concluya el curso académico en el que el que se desarrolla la actividad
docente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3816/7
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad/pasaporte. En el caso de
extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar
autorización de residencia temporal.
b) Fotocopia del título académico.
c) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico
que impida el desempeño de las correspondientes funciones. En caso de optar por el
cupo de discapacidad, deberán aportar certificado, expedido por el órgano competente
en esta materia, acreditativo de capacidad funcional para el desarrollo de las tareas de
Profesor Asociado, acreditando su compatibilidad con las funciones de la plaza concreta
a la que se opta.
d) Número de afiliación a la Seguridad Social.
e) Número de cuenta bancaria.
f) Una fotografía.
7.3. En el supuesto de que en el plazo señalado los aspirantes propuestos para su
contratación renuncien, no presenten la documentación citada en la base anterior o no
formalicen el contrato, se entenderá que desisten de la firma de este, y el Rector podrá
proponer para su contratación al siguiente de la lista de aspirantes con mayor puntuación.
Al nuevo aspirante se le avisará por correo electrónico y dispondrá de un plazo de cinco
días hábiles para la formalización del contrato.
7.4. El contrato laboral queda sometido en cuanto a su régimen de incompatibilidades,
a lo previsto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al
Servicio de las Administraciones Públicas.
En este sentido, y de acuerdo con la disposición final primera de la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece que se podrá autorizar la
compatibilidad, cumplidas las restantes exigencias de la citada ley, para el desempeño
de un puesto de trabajo en la esfera docente como Profesor Universitario Asociado en
régimen de dedicación no superior a tiempo parcial.
7.5. Cuando el adjudicatario de un contrato renunciara al mismo dentro de los nueve
primeros meses desde su formalización, el Rector podrá proponer la contratación del
siguiente aspirante, de entre los valorados por la Comisión de Selección, según el orden
de prelación que figure en la correspondiente lista de aspirantes evaluados.
9. Protección y tratamiento de datos de carácter personal.
9.1. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, le informamos que la Universidad
de Almería, sita en Edificio de Gobierno Paraninfo, 3.ª planta, Ctra. Sacramento, s/n,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317420
8. Duración de los contratos
El contrato será de carácter indefinido con dedicación a tiempo parcial y podrá
desarrollar tareas docentes hasta el máximo establecido por la legislación vigente.
La finalidad del contrato será desarrollar tareas docentes aportando sus
conocimientos y experiencia profesional a la Universidad en aquellas materias en las
que esta experiencia resulte relevante. Dichas tareas docentes no podrán incluir el
desempeño de funciones estructurales de gestión y coordinación de títulos.
Será causa objetiva de extinción del contrato el cese de la actividad principal o
cuando dejen de existir necesidades docentes relacionadas con su ámbito profesional.
En el supuesto de cese de la actividad principal, la finalización del contrato se
producirá una vez concluya el curso académico en el que el que se desarrolla la actividad
docente.