Disposiciones generales. . (2025/53-1)
Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se establece la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones, seguridad interior, y protección de datos personales de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025

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redes y sistemas de información, concretamente a su equipo de respuesta a incidentes
de seguridad informática (CSIRT o CERT), los incidentes de seguridad TIC, en los casos
y en los términos que determine la normativa aplicable.
4. La notificación mencionada en el apartado anterior podrá realizarse bien
directamente, bien a través de AndalucíaCERT o por el medio o procedimiento que
disponga la política de seguridad de las tecnologías de la información y comunicaciones
de la Junta de Andalucía que determine la Dirección General competente en materia de
desarrollo y ejecución de las políticas de seguridad de los sistemas de información y
telecomunicaciones de la Administración de la Junta de Andalucía y del sector público
andaluz o el Comité Corporativo de Seguridad interior de la Junta de Andalucía.

Artículo 9. Resolución de conflictos.
1. Los conflictos entre las diferentes personas, unidades u órganos responsables que
componen la estructura organizativa de la Política de Seguridad Interior serán resueltos
por el superior jerárquico común. En su defecto, prevalecerá la decisión del Comité de
Seguridad Interior y Seguridad TIC.
2. Los conflictos entre las diferentes personas, unidades u órganos responsables
que componen la estructura organizativa de la Política de Seguridad TIC serán resueltos
por el superior jerárquico común. En su defecto, prevalecerá la decisión del Comité de
Seguridad Interior y Seguridad TIC.
3. En los conflictos entre las personas responsables que componen la estructura
organizativa de la Política de Seguridad Interior, Política de Seguridad TIC y la Política
de Protección de Datos Personales, prevalecerá la decisión que presente un mayor nivel
de exigencia respecto a la protección de los datos personales. En cualquier caso, cuando
la persona o personas que asuman la figura del Delegado o Delegada de Protección de
Datos aprecien la existencia de una vulneración relevante en materia de protección de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317426

Artículo 8. Obligaciones del personal.
1. Todo el personal que preste servicios en la Consejería tiene la obligación de
conocer y cumplir la política de seguridad TIC y Seguridad Interior, la normativa de
seguridad derivada y la política de protección de datos personales siendo responsabilidad
del Comité de Seguridad Interior y Seguridad TIC disponer los medios necesarios para
que la información llegue a las personas afectadas.
2. Todo el personal que se incorpore a la Consejería o vaya a tener acceso a alguno de
sus sistemas de información o la información gestionada por ellos deberá ser informado
de la política de seguridad TIC y Seguridad Interior.
3. Procederá el ejercicio de las acciones pertinentes para la exigencia de las
responsabilidades legales que correspondan por el incumplimiento manifiesto de la
política de seguridad TIC, Seguridad Interior o de la normativa de seguridad derivada, y
en materia de protección de datos personales.
4. El personal de la Consejería deberá cumplir además con las instrucciones y normas
que regulen el comportamiento del personal empleado público en el uso de los sistemas
informáticos y redes de comunicaciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
5. Cualquier persona que actúe bajo la autoridad del responsable o del encargado
de un tratamiento de datos personales en el ámbito de aplicación de esta orden y
tenga acceso a datos personales solo tratará dichos datos siguiendo instrucciones del
responsable, salvo que esté obligada a ello en virtud del ordenamiento jurídico de la
Unión Europea o del Estado español.
6. Todo el personal que preste servicios en la Consejería está comprometido con la
preservación de la seguridad interior, siendo responsable de utilizar correctamente los
activos y de participar, durante el desempeño ordinario de sus funciones y tareas, en la
detección precoz de cuantos indicios puedan servir a la prevención de riesgos para la
seguridad interior.