Disposiciones generales. . (2025/53-2)
Orden de 13 de marzo de 2025, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de incentivos integrados de competitividad y energía para las cadenas de valor industrial, la minería sostenible y los espacios productivos en Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3858/73
l) Instrucción 02/2020 de la Dirección General de Fondos Europeos en materia de conflicto de
intereses en el marco de las operaciones cofinanciadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía
a través de los programas operativos regionales fondo europeo de desarrollo regional y fondo
social europeo y del programa operativo de empleo juvenil, del programa de desarrollo rural y
del programa del fondo europeo marítimo y de la pesca.
m) Instrucción 1/2022 de la Dirección General de Fondos Europeos por los que se establecen los
requisitos aplicables al pago de gastos cofinanciados con Fondos Europeos.
Adicionalmente, los presentes incentivos se regirán por las siguientes normas
n) Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización
administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
ñ) Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y
racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la
Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
4. Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir,
periodo de mantenimiento y excepciones (Artículo 3).
4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir.
BORRADOR
4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes
personas o entidades:
Las respectivas convocatorias que articulen los incentivos contemplados en la presente línea de incentivos detallarán las personas o entidades que podrán solicitar los incentivos, en función de los tipos de actuación incluidos en las mismas, de entre los contemplados en el apartado 2.a).1º objeto de estas y de
acuerdo con los grupos destinatarios detallados en el Programa de Andalucía FEDER 2021 – 2027 según
se muestra en el presente apartado, entre las siguientes:
• Personas jurídicas, personas físicas, con o sin ánimo de lucro, y agrupaciones de las figuras anteriores
con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios
en el mercado, incluyendo las empresas de servicios energéticos (ESE).
• Entidades de gestión de espacios productivos y empresariales, asociaciones o comunidades de propietarios establecidos a tal fin.
• Comunidades de energía renovables o comunidades ciudadanas de energía cuyos miembros realicen
actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado según definición incluida en el
Anexo III de estas bases reguladoras.
1. Podrán solicitar incentivos acogidos al Programa 1. Hidrógeno renovable:
Página 5 de 48
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
• Entidades locales territoriales y entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 53 - Miércoles, 19 de marzo de 2025
página 3858/73
l) Instrucción 02/2020 de la Dirección General de Fondos Europeos en materia de conflicto de
intereses en el marco de las operaciones cofinanciadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía
a través de los programas operativos regionales fondo europeo de desarrollo regional y fondo
social europeo y del programa operativo de empleo juvenil, del programa de desarrollo rural y
del programa del fondo europeo marítimo y de la pesca.
m) Instrucción 1/2022 de la Dirección General de Fondos Europeos por los que se establecen los
requisitos aplicables al pago de gastos cofinanciados con Fondos Europeos.
Adicionalmente, los presentes incentivos se regirán por las siguientes normas
n) Decreto-ley 3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización
administrativa y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en
el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
ñ) Decreto-ley 3/2024, de 6 de febrero, por el que se adoptan medidas de simplificación y
racionalización administrativa para la mejora de las relaciones de los ciudadanos con la
Administración de la Junta de Andalucía y el impulso de la actividad económica en Andalucía.
4. Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones, requisitos que deben reunir,
periodo de mantenimiento y excepciones (Artículo 3).
4.a) Personas o entidades que pueden solicitar las subvenciones y requisitos que deben reunir.
BORRADOR
4.a).1º. Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes
personas o entidades:
Las respectivas convocatorias que articulen los incentivos contemplados en la presente línea de incentivos detallarán las personas o entidades que podrán solicitar los incentivos, en función de los tipos de actuación incluidos en las mismas, de entre los contemplados en el apartado 2.a).1º objeto de estas y de
acuerdo con los grupos destinatarios detallados en el Programa de Andalucía FEDER 2021 – 2027 según
se muestra en el presente apartado, entre las siguientes:
• Personas jurídicas, personas físicas, con o sin ánimo de lucro, y agrupaciones de las figuras anteriores
con personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios
en el mercado, incluyendo las empresas de servicios energéticos (ESE).
• Entidades de gestión de espacios productivos y empresariales, asociaciones o comunidades de propietarios establecidos a tal fin.
• Comunidades de energía renovables o comunidades ciudadanas de energía cuyos miembros realicen
actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado según definición incluida en el
Anexo III de estas bases reguladoras.
1. Podrán solicitar incentivos acogidos al Programa 1. Hidrógeno renovable:
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317462
• Entidades locales territoriales y entidades del sector público local dependientes o vinculadas a ellas.