3. Otras disposiciones. . (2025/52-59)
Acuerdo de 4 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga, por el que se somete a información pública la solicitud de modificación de ocupación del Dominio Público Marítimo-Terrestre para el proyecto que se cita en el término municipal de Estepona. (PP. 473/2025).
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 52 - Martes, 18 de marzo de 2025

página 3235/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Acuerdo de 4 de marzo de 2025, de la Delegación Territorial de Sostenibilidad,
Medio Ambiente y Economía Azul en Málaga, por el que se somete a
información pública la solicitud de modificación de ocupación del Dominio
Público Marítimo-Terrestre para el proyecto que se cita en el término municipal
de Estepona. (PP. 473/2025).
De conformidad con lo previsto en el art. 74 de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de
Costas, modificada por Ley 2/2013, de 29 de mayo, de protección y uso sostenible del
litoral, y en el artículo 152.8 del Reglamento General de Costas, aprobado por el Real
Decreto 876/2014, en virtud de la competencia atribuida mediante Real Decreto 62/2011,
de 21 de enero, se traspasan funciones y servicios de la Administración del Estado a
la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación y gestión del litoral,
el Decreto 66/2011, de 29 de marzo (BOJA núm. 65, de 1 de abril de 2011), por el que
se asignan las funciones, medios y servicios traspasados por la Administración General
del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación y gestión
del litoral, el Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, por el que se modifica el
Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
y la publicación del Decreto 170/2024, de 26 de agosto, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente y el Decreto
300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de
diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración
de la Junta de Andalucía, así como en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en su
artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía.
ACUERDO
Primero. La apertura de un periodo de información pública relativo a la solicitud del
Ayuntamiento de Estepona, para la modificación de la autorización de ocupación del
Dominio Público Marítimo-Terrestre para el Plan de Explotación de Servicios de Temporada
de Playas 2022-2025 de las playas del término municipal de Estepona (Málaga).
Expediente: AUTO01/25/MA/0013.
Denominación: «Plan de Explotación de Playas para los Servicios de Temporada
2022/2025 de las playas del término municipal de Estepona.»
Término municipal: Estepona.

Tercero. Durante el citado plazo, la documentación estará disponible para su consulta
en el apartado de Publicidad Activa de la Sección de Transparencia del Portal de la Junta
de Andalucía, a través de la url
https://juntadeandalucia.es/organismos/sostenibilidadmedioambienteyeconomiaazul/
servicios/participacion/todos-documentos.html
así como en las dependencias de esta Delegación Territorial sita en Avda. de la Aurora
núm. 47, Edificio de Servicios Múltiples, planta 14, Servicio de Protección Ambiental,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316841

Segundo. La publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente
acuerdo, a fin de que durante el plazo de 20 días hábiles, a contar a partir del día siguiente
al de su publicación, se puedan realizar las alegaciones que se consideren pertinentes.