Autoridades y personal. . (2025/51-14)
Resolución de 25 de febrero de 2025, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca concurso de acceso entre personas acreditadas a plazas de cuerpos docentes universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Lunes, 17 de marzo de 2025

página 3647/3

4. Admisión de las personas aspirantes.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, y en un plazo máximo de
quince días hábiles, la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, publicará, en su
Tablón Electrónico Oficial, la relación provisional de personas admitidas y excluidas del
concurso, con indicación del motivo de la exclusión. El cómputo de los plazos se realizará
excluyendo aquellos períodos que la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, declare
inhábiles a efectos de cómputo de plazos.
Dicha publicación tendrá carácter de notificación a las personas interesadas,
de acuerdo con lo previsto en el art. 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que
no se realizará notificación personal alguna. El mismo carácter tendrán las distintas
publicaciones en el Tablón Electrónico Oficial de esta Universidad de los acuerdos y de
las resoluciones a las que dé lugar esta convocatoria.
Contra la relación provisional de personas admitidas y excluidas, las personas
interesadas podrán presentar a través del registro electrónico de la Universidad Pablo
de Olavide, de Sevilla, reclamación ante el Rector en el plazo máximo de diez días
hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación, para subsanar el defecto que
haya motivado su exclusión u omisión de la lista de personas admitidas y excluidas. Las
personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen
la omisión, serán definitivamente excluidas de la realización de las pruebas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00317262

3. Solicitudes.
Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso presentarán, a través del
Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, así como en los restantes
registros electrónicos de cualquier entidad pública a las que se refiere el artículo 16.4.a)
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, la correspondiente solicitud dirigida al Sr. Rector Magfco. de la
Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, en el plazo de quince días hábiles, a partir del día
siguiente a la publicación oficial de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
La presentación de solicitudes se hará mediante instancia debidamente
cumplimentada, según el modelo que se acompaña como Anexo II y que se encuentra
disponible en la página web de la Universidad
https://www.upo.es/rr-hh-pdi-programacion-docente/unidad-de-programacion-docente-yconcursos/convocatorias/funcionario/
junto con los siguientes documentos acreditativos de los requisitos para participar en el
concurso de acceso:
a) PDF de la documentación acreditativa del cumplimiento de los «requisitos
específicos», dispuestos en la base 2.2 de la presente convocatoria para participar en el
concurso de acceso.
Los documentos expedidos en el extranjero deberán ser oficiales, expedidos por las
autoridades competentes y legalizados por vía diplomática. Los documentos deberán ir
acompañados, en su caso, de su correspondiente traducción oficial al español.
Las personas aspirantes deberán abonar a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla,
la cantidad de 42 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse
en el Banco Santander, en la cuenta IBAN ES43 0049-1861-19-2310365889, abierta en
esa entidad a nombre de «Universidad Pablo de Olavide. Ingresos Diversos», haciéndose
constar los siguientes datos: 1) Nombre y apellidos de la persona aspirante, 2) Núm. de
orden de la plaza a la que concursa y 3) Núm. del Documento Nacional de Identidad.
A la instancia deberá adjuntarse el justificante acreditativo del pago de los derechos
del concurso. La falta de pago de estos derechos durante el plazo de presentación de
instancias no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante.
En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de
presentación en tiempo y forma de la solicitud.
El correo electrónico aportado en la instancia se podrá utilizar a efectos de notificación.