3. Otras disposiciones. . (2025/51-19)
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de educación secundaria Ave María-San Cristóbal, de Granada. (PP. 476/2025).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 51 - Lunes, 17 de marzo de 2025

página 3245/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 21 de febrero de 2025, por la que se modifica la autorización de
enseñanzas del centro docente privado de educación secundaria Ave MaríaSan Cristóbal, de Granada. (PP. 476/2025).
Visto el expediente tramitado a instancia de don Diego José Martínez Fernández, como
representante de la Fundación Patronato Avemariano de Granada, titular del centro
docente privado de educación secundaria «Ave María-San Cristóbal», con domicilio en
Ctra. de Murcia, s/n, de Granada, solicitando modificar la autorización de enseñanzas
con la que cuenta el mismo, por la ampliación en tres ciclos formativos de formación
profesional de grado superior (uno de Desarrollo de aplicaciones multiplataforma, uno de
Desarrollo de aplicaciones web y uno de Administración de sistemas informáticos en red),
según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Primero. Resultando que el citado centro, con código 18003788, tiene autorización
para impartir ocho unidades de educación secundaria obligatoria, seis unidades de
bachillerato (cuatro en la modalidad de Ciencias y tecnología y dos en la de Humanidades
y ciencias sociales), dos ciclos formativos de formación profesional de grado básico (uno
de Servicios comerciales y uno de Electricidad y electrónica), seis ciclos formativos de
formación profesional de grado medio (uno de Instalaciones eléctricas y automáticas,
uno de Instalaciones de telecomunicaciones, uno de Gestión administrativa, uno
de Preimpresión digital, uno de Actividades comerciales y uno de Instalación y
amueblamiento) y seis ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno
de Proyectos de edificación, uno de Administración y finanzas, uno de Proyectos de obra
civil, uno de Automatización y robótica industrial, uno de Sistemas de telecomunicaciones
e informáticos y uno de Diseño y edición de publicaciones impresas y multimedia).

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho
a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la
Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley
39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de
marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan
las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la
educación secundaria; el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE del 22), por el que se
desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; el Real Decreto 450/2010,
de 16 de abril (BOE de 20 de mayo), por el que se establece el título de Técnico Superior
en Desarrollo de aplicaciones multiplataforma y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Real
Decreto 686/2010, de 20 de mayo (BOE de 12 de junio), por el que se establece el título de
Técnico Superior en Desarrollo de aplicaciones web y se fijan sus enseñanzas mínimas;
el Real Decreto 1629/2009, de 30 de octubre (BOE de 18 de noviembre), por el que se
establece el título de Técnico Superior en Administración de sistemas informáticos en red
y se fijan sus enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316850

Segundo. Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes
favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e
Innovación de Granada y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de
Educación.