Autoridades y personal. . (2025/50-4)
Resolución de 11 de marzo de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 6 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Otorrinolaringología, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, y por la que se declaran decaídas a las personas aspirantes que se citan y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso-oposición, se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino.
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Número 50 - Viernes, 14 de marzo de 2025
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establecidos en la base 12.3, o que del examen de dicha documentación se deduzca que
el aspirante carezca de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, en
cuyo caso se le dará audiencia; por la persona titular de la Dirección General competente
en materia de Personal se dictará resolución por la que se acordará publicar la relación
complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible
nombramiento como Personal Estatutario fijo, las cuales deberán presentar la solicitud de
Petición de centro de destino en la forma y términos establecidos en la base 11.
Dicha Resolución de 6 de noviembre de 2024 (BOJA núm. 220, de 12 de noviembre),
de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, en su resuelve
cuarto, establece, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que en el
caso de existir personas aspirantes que han superado el concurso oposición que deban
perder los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser
nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de
entre los contenidos en la resolución por la que se publica la relación complementaria
de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta Dirección General
de Personal.
Así, existiendo personas aspirantes que no han subsanado la falta de presentación
de declaración responsable en el plazo habilitado para ello, conforme se establece en el
resuelve tercero de la Resolución de 6 de noviembre de 2024 (BOJA núm. 220, de 12 de
noviembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la
que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de
Área, especialidad Otorrinolaringología, por el sistema de acceso libre, a las personas
aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado
mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, y se anuncia la apertura de audiencia
previa para las personas candidatas que se citan, y existiendo personas que no han
tomado posesión del destino adjudicado una vez finalizado el plazo posesorio, y de las
que no consta causa justificada, no podrán ser nombradas personal estatutario fijo del
Servicio Andaluz de Salud, y perderán los derechos derivados de su participación en el
proceso selectivo, sin perjuicio, en su caso, de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la base 11.6
y procede modificar la citada Resolución de 6 de noviembre de 2024 (BOJA núm. 220,
de 12 de noviembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud,
y acudir a la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para
su posible nombramiento como personal estatutario fijo, requiriéndoles presentación
de solicitudes de petición de destino. Y ello, en aplicación de lo establecido en la base
general 13.3, que regula que, en el caso de existir personas aspirantes que han superado
el concurso oposición que deban perder los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación los aspirantes
que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se
acude a la relación complementaria de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5,
lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante
resolución de esta Dirección General de Personal. En aplicación de lo establecido en la
mencionada base general 13.3, el supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá,
en ningún caso, un nuevo llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de
conformidad con lo dispuesto en estas bases.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en la base general 11.6 del citado anexo
de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario. núm. 35, de 30 de diciembre), por la
que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos
selectivos de concurso oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas
básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de
la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317213
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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establecidos en la base 12.3, o que del examen de dicha documentación se deduzca que
el aspirante carezca de los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria, en
cuyo caso se le dará audiencia; por la persona titular de la Dirección General competente
en materia de Personal se dictará resolución por la que se acordará publicar la relación
complementaria de las personas aspirantes que sigan a las propuestas, para su posible
nombramiento como Personal Estatutario fijo, las cuales deberán presentar la solicitud de
Petición de centro de destino en la forma y términos establecidos en la base 11.
Dicha Resolución de 6 de noviembre de 2024 (BOJA núm. 220, de 12 de noviembre),
de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, en su resuelve
cuarto, establece, en aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que en el
caso de existir personas aspirantes que han superado el concurso oposición que deban
perder los derechos derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser
nombrados por orden de puntuación los aspirantes que no hubieran obtenido plaza de
entre los contenidos en la resolución por la que se publica la relación complementaria
de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante resolución de esta Dirección General
de Personal.
Así, existiendo personas aspirantes que no han subsanado la falta de presentación
de declaración responsable en el plazo habilitado para ello, conforme se establece en el
resuelve tercero de la Resolución de 6 de noviembre de 2024 (BOJA núm. 220, de 12 de
noviembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la
que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Facultativo/a Especialista de
Área, especialidad Otorrinolaringología, por el sistema de acceso libre, a las personas
aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado
mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, y se anuncia la apertura de audiencia
previa para las personas candidatas que se citan, y existiendo personas que no han
tomado posesión del destino adjudicado una vez finalizado el plazo posesorio, y de las
que no consta causa justificada, no podrán ser nombradas personal estatutario fijo del
Servicio Andaluz de Salud, y perderán los derechos derivados de su participación en el
proceso selectivo, sin perjuicio, en su caso, de la responsabilidad en que pudieran haber
incurrido por falsedad en la solicitud, de conformidad con lo establecido en la base 11.6
y procede modificar la citada Resolución de 6 de noviembre de 2024 (BOJA núm. 220,
de 12 de noviembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud,
y acudir a la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos para
su posible nombramiento como personal estatutario fijo, requiriéndoles presentación
de solicitudes de petición de destino. Y ello, en aplicación de lo establecido en la base
general 13.3, que regula que, en el caso de existir personas aspirantes que han superado
el concurso oposición que deban perder los derechos derivados de su participación en
las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación los aspirantes
que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por la que se
acude a la relación complementaria de las personas aspirantes prevista en la base 10.1.5,
lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante
resolución de esta Dirección General de Personal. En aplicación de lo establecido en la
mencionada base general 13.3, el supuesto recogido en el apartado anterior no supondrá,
en ningún caso, un nuevo llamamiento de los aspirantes que ya hayan sido nombrados de
conformidad con lo dispuesto en estas bases.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en la base general 11.6 del citado anexo
de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud (BOJA extraordinario. núm. 35, de 30 de diciembre), por la
que se aprueban las bases generales de las convocatorias que han de regir los procesos
selectivos de concurso oposición, por el sistema de acceso libre, para cubrir plazas
básicas vacantes de determinadas categorías/cuerpo y especialidades en desarrollo de
la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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