3. Otras disposiciones. . (2025/49-52)
Orden de 3 de marzo de 2025, por la que se autoriza la creación de la Colección Museográfica Anís Machaquito (Rute, Córdoba) y se acuerda su inscripción en el Registro de Museos de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Jueves, 13 de marzo de 2025
página 3480/3
Tercero. Los fondos museísticos que integren la Colección Museográfica «Anís
Machaquito» tendrán la consideración de bienes de catalogación general, establecida en
la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, sin perjuicio
de la protección singular que a cada bien le pueda corresponder conforme a la citada ley.
Cuarto. En la percepción de derechos económicos por la visita pública deberá, en
todo caso, aplicarse el principio de igualdad entre las personas nacionales de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como garantizarse el acceso gratuito los días que
establece el artículo 22.2 de la la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones
Museográficas de Andalucía.
Quinto. Por la persona titular de la Colección Museográfica «Anís Machaquito» deberá
remitirse a la Consejería de Cultura y Deporte la información que se detalla en el artículo
11 del Reglamento de Creación de Museos y de Gestión de Fondos Museísticos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, y garantizarse la conservación y el mantenimiento
de los bienes culturales que integran los fondos fundacionales o futuros de la institución,
así como la protección y accesibilidad de los mismos, en las condiciones legalmente
previstas y que se establezcan.
Sexto. Se acuerda inscribir la Colección Museográfica «Anís Machaquito» en el
Registro de Museos de Andalucía. La inscripción se practicará por la Dirección General de
Museos y Conjuntos Culturales con el código 105-C-027, en los términos del fundamento
jurídico sexto de esta orden.
Séptimo. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de conformidad con el artículo 8.5 del Reglamento de Creación de Museos
y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de marzo de 2025
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
00317084
Consejera de Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 49 - Jueves, 13 de marzo de 2025
página 3480/3
Tercero. Los fondos museísticos que integren la Colección Museográfica «Anís
Machaquito» tendrán la consideración de bienes de catalogación general, establecida en
la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, sin perjuicio
de la protección singular que a cada bien le pueda corresponder conforme a la citada ley.
Cuarto. En la percepción de derechos económicos por la visita pública deberá, en
todo caso, aplicarse el principio de igualdad entre las personas nacionales de los Estados
miembros de la Unión Europea, así como garantizarse el acceso gratuito los días que
establece el artículo 22.2 de la la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones
Museográficas de Andalucía.
Quinto. Por la persona titular de la Colección Museográfica «Anís Machaquito» deberá
remitirse a la Consejería de Cultura y Deporte la información que se detalla en el artículo
11 del Reglamento de Creación de Museos y de Gestión de Fondos Museísticos de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, y garantizarse la conservación y el mantenimiento
de los bienes culturales que integran los fondos fundacionales o futuros de la institución,
así como la protección y accesibilidad de los mismos, en las condiciones legalmente
previstas y que se establezcan.
Sexto. Se acuerda inscribir la Colección Museográfica «Anís Machaquito» en el
Registro de Museos de Andalucía. La inscripción se practicará por la Dirección General de
Museos y Conjuntos Culturales con el código 105-C-027, en los términos del fundamento
jurídico sexto de esta orden.
Séptimo. Ordenar la publicación de la presente orden en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía, de conformidad con el artículo 8.5 del Reglamento de Creación de Museos
y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dicta, en el plazo de un mes,
contado desde el día siguiente a su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, o interponer directamente recurso contenciosoadministrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del
Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, conforme a lo
dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 3 de marzo de 2025
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
00317084
Consejera de Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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