Autoridades y personal. . (2025/48-14)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria de esta Universidad, por el sistema de acceso libre, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público aprobada en Consejo de Gobierno, de 23 de junio de 2023.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025
página 3097/2
1.5. Todas las publicaciones y comunicaciones referidas a esta convocatoria se realizarán
en el Tablón Oficial de la UNIA (TOUNIA), en la dirección (https://www.unia.es/la-unia/tounia).
3. Solicitudes.
3.1. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a partir
del siguiente en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado.
Igualmente, a los meros efectos de publicidad, la convocatoria se publicará en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el Boletín Oficial de la Universidad
Internacional de Andalucía (BOUNIA), y en la página web del área de Recursos Humanos
de la UNIA
(https://www.unia.es/administracion-y-servicios/recursos-humanos/empleo/procesosselectivos).
3.2. De conformidad con lo establecido artículo 32.1.d) del Reglamento de Administración
Electrónica de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo 23/2022,
de 6 de abril (BOUNIA 5/2022), quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo
deberán presentar su solicitud a través del procedimiento telemático específico establecido
y accesible desde la propia Sede electrónica de la UNIA
(https://sedeelectronica.unia.es/procedimientos/index/categoria/53).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316704
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes
requisitos:
2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, o cónyuge de una de ellas, siempre que no estén separados de derecho, o ser
descendientes de cualquiera de las anteriores cuando sean menores de veintiún años o
mayores de dicha edad que sean dependientes.
O tener nacionalidad de algún Estado, al que en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el artículo
57.1 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación
legalmente establecida.
2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a
Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a, Grado o titulación equivalente. Las titulaciones
obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su
homologación.
2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectada por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de
la toma de posesión como funcionaria de carrera.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025
página 3097/2
1.5. Todas las publicaciones y comunicaciones referidas a esta convocatoria se realizarán
en el Tablón Oficial de la UNIA (TOUNIA), en la dirección (https://www.unia.es/la-unia/tounia).
3. Solicitudes.
3.1. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles, a partir
del siguiente en que aparezca publicado el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial
del Estado.
Igualmente, a los meros efectos de publicidad, la convocatoria se publicará en
el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), el Boletín Oficial de la Universidad
Internacional de Andalucía (BOUNIA), y en la página web del área de Recursos Humanos
de la UNIA
(https://www.unia.es/administracion-y-servicios/recursos-humanos/empleo/procesosselectivos).
3.2. De conformidad con lo establecido artículo 32.1.d) del Reglamento de Administración
Electrónica de la Universidad Internacional de Andalucía, aprobado por Acuerdo 23/2022,
de 6 de abril (BOUNIA 5/2022), quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo
deberán presentar su solicitud a través del procedimiento telemático específico establecido
y accesible desde la propia Sede electrónica de la UNIA
(https://sedeelectronica.unia.es/procedimientos/index/categoria/53).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316704
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para poder participar en el proceso selectivo será necesario reunir los siguientes
requisitos:
2.1.1. Tener nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión
Europea, o cónyuge de una de ellas, siempre que no estén separados de derecho, o ser
descendientes de cualquiera de las anteriores cuando sean menores de veintiún años o
mayores de dicha edad que sean dependientes.
O tener nacionalidad de algún Estado, al que en virtud de Tratados Internacionales
celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre
circulación de trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el artículo
57.1 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación
legalmente establecida.
2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a
Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a, Grado o titulación equivalente. Las titulaciones
obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su
homologación.
2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectada por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber
sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de
la toma de posesión como funcionaria de carrera.