3. Otras disposiciones. . (2025/48-23)
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se establece el trámite de audiencia e información pública del proyecto de orden de la Consejería de Cultura y Deporte, por la que se regula el reconocimiento oficial de las Unidades Activas de Ejercicio Físico de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025
página 3453/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
La Conferencia Sectorial de Deporte, en su reunión de 9 de mayo de 2022, aprobó el
acuerdo por el que se autorizaba la propuesta de la distribución territorial y los criterios
de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas y Ciudades de
Ceuta y Melilla en el marco del Componente 26 «Fomento del Sector Deporte» para el
«Plan de Digitalización de la Prescripción de la Actividad Física», en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Como consecuencia del mencionado
acuerdo, a la Comunidad Autónoma de Andalucía se le asignó un fondo para la puesta en
marcha de un Plan de Prescripción de Actividad y Ejercicio Físico y la implantación de un
sistema o herramienta digital que diese soporte al plan de prescripción.
Con posterioridad, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta
de Andalucía, de 14 de noviembre del 2023, se ha aprobado el Plan Andaluz de
Prescripción del Ejercicio Físico (Andalucía en forma), también denominado PAPEF.
Uno de los instrumentos claves del éxito del PAPEF es la creación de las Unidades
Activas de Ejercicio Físico, también conocidas por sus siglas como UAEF. El Plan
pretende contribuir a la universalización de la práctica de la actividad y el ejercicio físico
mejorando la coordinación entre los sistemas de salud y deportivo, proceso que, como
reconoce expresamente el Plan, culmina con la creación y puesta en funcionamiento de
las Unidades Activas de Ejercicio Físico y para ello resulta preciso la definición de los
requisitos mínimos para el reconocimiento oficial de esas Unidades.
En aplicación del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que con carácter previo
a la elaboración de un reglamento se sustanciará consulta pública, a través del portal
web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y
organizaciones más representativas afectados por la futura norma.
En cumplimiento del Acuerdo de 27 de diciembre de 2016, del Consejo de Gobierno,
por el que se adoptan medidas para habilitar la participación pública en el procedimiento
de elaboración normativa a través del portal de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Sistemas y Valores del Deporte dictó Resolución de fecha 7 de mayo de 2024,
por la que se abría el trámite de consulta pública para el procedimiento de elaboración del
proyecto de orden citado en el encabezamiento, otorgándose un plazo de quince días a
contar a partir del día siguiente a su publicación, en la que la ciudadanía, organizaciones
y asociaciones que así lo considerasen pudieran hacer llegar sus opiniones sobre los
aspectos planteados en la misma.
Una vez transcurrido el plazo otorgado de participación pública en el procedimiento de
elaboración de la norma no se ha recibido aportación ni observación alguna al respecto.
En lo que se refiere a la tramitación de esta norma, el artículo 45.1 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regula el
procedimiento de elaboración de los reglamentos, disponiendo el apartado c) que a lo
largo del proceso de elaboración de los reglamentos deberán recabarse, además de
los informes, dictámenes y aprobaciones preceptivos, cuantos estudios y consultas se
estimen convenientes para garantizar el acierto y la legalidad de la disposición, y el
apartado d) del citado artículo establece un trámite de audiencia a la ciudadanía para las
disposiciones que afecten a sus derechos e intereses legítimos, bien directamente, bien
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317056
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sistemas
y Valores del Deporte, por la que se establece el trámite de audiencia e
información pública del proyecto de orden de la Consejería de Cultura y
Deporte, por la que se regula el reconocimiento oficial de las Unidades Activas
de Ejercicio Físico de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025
página 3453/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
La Conferencia Sectorial de Deporte, en su reunión de 9 de mayo de 2022, aprobó el
acuerdo por el que se autorizaba la propuesta de la distribución territorial y los criterios
de reparto de los créditos gestionados por Comunidades Autónomas y Ciudades de
Ceuta y Melilla en el marco del Componente 26 «Fomento del Sector Deporte» para el
«Plan de Digitalización de la Prescripción de la Actividad Física», en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Como consecuencia del mencionado
acuerdo, a la Comunidad Autónoma de Andalucía se le asignó un fondo para la puesta en
marcha de un Plan de Prescripción de Actividad y Ejercicio Físico y la implantación de un
sistema o herramienta digital que diese soporte al plan de prescripción.
Con posterioridad, mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta
de Andalucía, de 14 de noviembre del 2023, se ha aprobado el Plan Andaluz de
Prescripción del Ejercicio Físico (Andalucía en forma), también denominado PAPEF.
Uno de los instrumentos claves del éxito del PAPEF es la creación de las Unidades
Activas de Ejercicio Físico, también conocidas por sus siglas como UAEF. El Plan
pretende contribuir a la universalización de la práctica de la actividad y el ejercicio físico
mejorando la coordinación entre los sistemas de salud y deportivo, proceso que, como
reconoce expresamente el Plan, culmina con la creación y puesta en funcionamiento de
las Unidades Activas de Ejercicio Físico y para ello resulta preciso la definición de los
requisitos mínimos para el reconocimiento oficial de esas Unidades.
En aplicación del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que con carácter previo
a la elaboración de un reglamento se sustanciará consulta pública, a través del portal
web de la Administración competente en la que se recabará la opinión de los sujetos y
organizaciones más representativas afectados por la futura norma.
En cumplimiento del Acuerdo de 27 de diciembre de 2016, del Consejo de Gobierno,
por el que se adoptan medidas para habilitar la participación pública en el procedimiento
de elaboración normativa a través del portal de la Junta de Andalucía, la Dirección
General de Sistemas y Valores del Deporte dictó Resolución de fecha 7 de mayo de 2024,
por la que se abría el trámite de consulta pública para el procedimiento de elaboración del
proyecto de orden citado en el encabezamiento, otorgándose un plazo de quince días a
contar a partir del día siguiente a su publicación, en la que la ciudadanía, organizaciones
y asociaciones que así lo considerasen pudieran hacer llegar sus opiniones sobre los
aspectos planteados en la misma.
Una vez transcurrido el plazo otorgado de participación pública en el procedimiento de
elaboración de la norma no se ha recibido aportación ni observación alguna al respecto.
En lo que se refiere a la tramitación de esta norma, el artículo 45.1 de la Ley 6/2006,
de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regula el
procedimiento de elaboración de los reglamentos, disponiendo el apartado c) que a lo
largo del proceso de elaboración de los reglamentos deberán recabarse, además de
los informes, dictámenes y aprobaciones preceptivos, cuantos estudios y consultas se
estimen convenientes para garantizar el acierto y la legalidad de la disposición, y el
apartado d) del citado artículo establece un trámite de audiencia a la ciudadanía para las
disposiciones que afecten a sus derechos e intereses legítimos, bien directamente, bien
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00317056
Resolución de 3 de marzo de 2025, de la Dirección General de Sistemas
y Valores del Deporte, por la que se establece el trámite de audiencia e
información pública del proyecto de orden de la Consejería de Cultura y
Deporte, por la que se regula el reconocimiento oficial de las Unidades Activas
de Ejercicio Físico de Andalucía.