3. Otras disposiciones. . (2025/48-16)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a la instalación eléctrica de alta tensión que se cita. (PP. 444/2025).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025
página 3024/5
2. El periodo de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. Las obras deberán realizarse
de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y
autoricen.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta
de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en
funcionamiento.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos
vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento
de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos,
empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al
titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular
de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el informe vinculante de
la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejeria de Sostenibilidad y Medio Ambiente
relativo a la solicitud de autorizacion ambiental unificada presentada por Luxida
Solar, S.L., CIF B56094923, para el proyecto de «PSFV Beato 15 MW, 37.4HA», en los
tt.mm. de Puerto Real y Chiclana de la Frontera (Cádiz) (expediente: AAU/CA/019/23) de
fecha 14.1.2025, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
6. El proyecto de ejecución se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la
afección a aquellos proyectos que dispongan de autorización administrativa previa a
fecha de la presente resolución.
7. La construcción de la instalación deberá ser conforme al proyecto autorizado. En
caso de requerir modificación del mismo, este deberá ser presentado a esta Delegacion
Territorial previamente, para la emisión de la correspondiente autorización, conforme al
art. 115 del Real Decreto de 1955/2000, de 1 de diciembre.
8. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención
por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
9. Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se
produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos
o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido
contemplados expresamente en el proyecto presentado.
10. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
11. En tales supuestos, la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
12. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta
de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Cádiz, 3 de febrero de 2025.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316631
Tercero. Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los
organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025
página 3024/5
2. El periodo de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en el
Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de
energía y en otros ámbitos para la reactivación económica. Las obras deberán realizarse
de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y
autoricen.
3. El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente acta
de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda entrar en
funcionamiento.
4. Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos
vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su explotación.
5. El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento
de los condicionados que han sido establecidos por Administraciones, organismos,
empresas de servicio público o de interés general, los cuales han sido trasladados al
titular de la instalación, habiendo sido aceptados por el mismo. En particular, el titular
de la instalación deberá cumplir el condicionado expuesto en el informe vinculante de
la Delegación Territorial en Cádiz de la Consejeria de Sostenibilidad y Medio Ambiente
relativo a la solicitud de autorizacion ambiental unificada presentada por Luxida
Solar, S.L., CIF B56094923, para el proyecto de «PSFV Beato 15 MW, 37.4HA», en los
tt.mm. de Puerto Real y Chiclana de la Frontera (Cádiz) (expediente: AAU/CA/019/23) de
fecha 14.1.2025, cuyo contenido íntegro puede consultarse en la siguiente dirección:
http://www.cma.junta-andalucia.es/medioambiente/servtc1/AAUo/
6. El proyecto de ejecución se deberá adecuar al cumplimiento reglamentario en la
afección a aquellos proyectos que dispongan de autorización administrativa previa a
fecha de la presente resolución.
7. La construcción de la instalación deberá ser conforme al proyecto autorizado. En
caso de requerir modificación del mismo, este deberá ser presentado a esta Delegacion
Territorial previamente, para la emisión de la correspondiente autorización, conforme al
art. 115 del Real Decreto de 1955/2000, de 1 de diciembre.
8. La autorización administrativa de construcción no dispensa de la necesaria obtención
por parte del titular de la instalación de las autorizaciones adicionales que se precisen.
9. Esta resolución quedará sin efecto si como consecuencia de su ejecución se
produjesen afecciones a bienes y derechos a cargo de Administraciones, organismos
o empresas de servicio público o de servicios de interés general que no hubiesen sido
contemplados expresamente en el proyecto presentado.
10. La Administración dejará sin efecto la presente resolución en cualquier momento
en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
11. En tales supuestos, la administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil
que se deriven según las disposiciones legales vigentes.
12. El peticionario deberá publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Provincia de Cádiz, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer
recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero de Industria, Energía y Minas de la Junta
de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción
de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Cádiz, 3 de febrero de 2025.- La Delegada, Inmaculada Olivero Corral.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00316631
Tercero. Notifíquese la presente resolución a los interesados en el expediente y a los
organismos que hayan sido consultados en los trámites realizados en el expediente.