3. Otras disposiciones. . (2025/48-16)
Resolución de 3 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción a la instalación eléctrica de alta tensión que se cita. (PP. 444/2025).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 48 - Miércoles, 12 de marzo de 2025

página 3024/2

Desde el punto el punto de vista sectorial energético, se da la circunstancia de
que existe conformidad entre los organismos afectados y la peticionaria acorde con
la documentación aportada durante el procedimiento de tramitación, según obra en el
expediente de referencia, a reserva de las demás licencias o autorizaciones necesarias
de otros organismos.
Cuarto. Con fecha 13 de junio de 2024 se ha recibido Informe Favorable de la
Delegación Territorial Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz relativo a
la incidencia territorial de la actuación «Proyecto de planta solar fotovoltaica de 15 MW
‟Beato”, en el término municipal de Puerto Real (Cádiz), de carácter vinculante, conforme
a lo indicado en el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de Impulso para la
Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, y los artículos 71 y 72 del Decreto 550/2022,
de 29 de noviembre, por el que se aprueba su Reglamento General, siendo notificado a
Luxida Solar, S.L., con fecha 14 de agosto de 2024.
Quinto. Con fecha 14 de enero de 2025, la Delegación Territorial en Cádiz de la
Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, en aplicación de lo dispuesto en el
artículo 30 del Decreto 356/2010, emite informe favorable de carácter vinculante de
autorización ambiental unificada (Expte. AAU/CA/019/23), en el cual se determina a los
solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el proyecto, fijando las condiciones
en las que debe realizarse, en orden a la protección del medio ambiente y de los recursos
naturales. Su texto íntegro se encuentra a disposición de los administrados en la página
web de la Consejería competente en materia de Medio Ambiente.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
- Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
- Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
- Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto
300/2022, de 30 de agosto.
- Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación
administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía.
- Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que
se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales
competentes en materia de energía.

Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento:
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
- Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y
eficiencia energética de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316631

Segundo. Son de aplicación general al procedimiento:
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.