Disposiciones generales. . (2025/46-1)
Corrección de errores de la Orden de 3 de junio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a promover la sostenibilidad del turismo a través de la puesta en valor del patrimonio turístico-cultural de Andalucía (PATCUL) y se modifica la Orden de 27 de julio de 2017, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios turísticos de Andalucía (BOJA núm. 116, de 17.6.2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 46 - Lunes, 10 de marzo de 2025

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11.b) Plazo para la presentación de solicitudes:
El plazo de presentación es :
El plazo de presentación de solicitudes se establecerá en la convocatoria.

12.- Órganos competentes (Artículo 15):
Órgano/s instructor/es:

La persona titular de la Dirección General de Turismo, por delegación de la persona

titular de la Consejería competente en materia de Turismo.

Además de las funciones de Instrucción le corresponde las siguientes funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:

Órgano/s competente/es para resolver: la

persona titular de la Dirección General de Turismo

, que actuará/n:

En uso de las competencias atribuidas por el artículo:
de
Por delegación de: la persona titular de la Consejería competente en materia de Turismo.

Órgano/s colegiado/s:
No
Si
Denominación:
Funciones:
Análisis de las solicitudes.
Propuesta provisional de resolución.
Análisis de las alegaciones y documentos presentados.
Propuesta definitiva de resolución.
Otras funciones:
Composición:
Presidencia:
Vocalías:

Secretaría:

Las funciones que estas bases reguladoras atribuyen al órgano gestor serán ejercidas por :
La persona titular de la Dirección General de Turismo.

Otras funciones a desempeñar por órganos o unidades distintas de los anteriores:

13.- Dirección electrónica de acceso restringido al estado de tramitación del procedimiento (Artículo 16).

Las personas o entidades que tengan la consideración de interesadas en este procedimiento de concesión de subvenciones, podrán conocer el estado de
tramitación del mismo, a través la siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoyandaluciaexterior.html

14.- Documentación (Artículo 10 y 17):

14.a) Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:

a)Copia autenticada del NIF de la entidad.

.

b) Certificación acreditativa de la condición del Alcalde o Alcaldesa, o persona que ostente la
titularidad de la entidad, o que actúe por delegación como representante legal de la misma. En este último
caso deberá aportar también la acreditación de la representación que ostenta.
.
c) Certificado de la existencia de consignación presupuestaria, cuando la entidad beneficiaria contribuya
con su aportación a la actividad objeto de la subvención.
.
d) Certificado bancario acreditativo de la titularidad y del número (con expresión de los veinticuatro
dígitos) de la cuenta de la entidad solicitante en la que se solicita el ingreso, en su caso.

f) Cuando el objeto subvencionable consista en la ejecución de obras, deberá aportarse Proyecto Básico que
podrá sustituirse, cuando las actuaciones sean obras menores, por una memoria realizada por técnico
facultativo competente. Se entiende como obra menor aquella construcción de escasa entidad constructiva y
sencillez técnica que no tenga, de forma eventual o permanente, carácter residencial ni público y se
desarrollen en una sola planta. Deberá incluirse la aportación del presupuesto de la inversión para la que

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00316847

e) En el supuesto de que se proceda a la reformulación de la solicitud, junto con el Anexo II de la
convocatoria deberá presentarse un presupuesto de ingresos-gastos de la actividad subvencionada, ajustado
al importe objeto de reformulación, con desglose de conceptos y partidas.
.