3. Otras disposiciones. . (2025/45-43)
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación en Jaén, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia y limítrofes, a efectos de escolarización en los centros docentes públicos y privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y bachillerato.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 45 - Viernes, 7 de marzo de 2025

página 3064/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 20 de febrero de 2025, de la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
en Jaén, por la que se hace pública la delimitación de las áreas de influencia
y limítrofes, a efectos de escolarización en los centros docentes públicos y
privados concertados que imparten enseñanzas de segundo ciclo de infantil,
educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria y
bachillerato.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero, por
el que se regulan los criterios y el procedimiento de admisión del alumnado en los centros
docentes públicos y privados concertados para cursar las enseñanzas de segundo ciclo de
educación infantil, educación primaria, educación especial, educación secundaria obligatoria
y bachillerato (BOJA núm. 34, de 19 de febrero), modificado por Decreto-ley 2/2021, de 2 de
febrero (BOJA extraordinario núm. 14, de 5 de febrero), esta Delegación Territorial
HA RESUELTO
Primero. Delimitar las áreas de influencia y limítrofes de los centros docentes que
imparten enseñanzas sostenidas con fondos públicos de segundo ciclo de educación
infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, que quedarán
expuestas en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial desde la publicación de
esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía hasta la finalización del
plazo de presentación de recursos de alzada y reclamaciones al que se refiere el artículo
48 del Decreto 21/2020, de 17 de febrero.
Segundo. Las áreas de influencia y limítrofes a las que se refiere esta resolución
estarán vigentes en los procedimientos de admisión del alumnado que se lleven a cabo a
partir de la publicación de la misma, en tanto no se modifiquen en la forma prevista en el
apartado 2 del artículo 9 del Decreto 21/2020 antes citado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo competente,
conforme a lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de la interposición
del recurso potestativo de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de
un mes a contar desde su publicación, de acuerdo con los artículos 112.1, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.

00316671

Jaén, 20 de febrero de 2025.- El Delegado, Francisco José Solano Rodríguez.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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